La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha dictado un auto accediendo a la suspensión cautelar de la denominación de graduado en Ingeniería de la Edificación de las universidades de Burgos, País Vasco y San Pablo-CEU tal y como pidió el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales.
Este auto viene a ratificar otro adoptado el 31 de marzo de este año por el mismo tribunal, pero que fue anulado por no haberse dado trámite de audiencia en el procedimiento a las universidades interesadas, así como otra sentencia de 9 de marzo de 2010.
La Sala desestima los argumentos esgrimidos por las partes personadas en el nuevo proceso, Abogacía del Estado, Consejo General de Aparejadores y Arquitectos Técnicos, Universidad de Burgos, San Pablo-CEU, Universidad Politécnica de Madrid y Universidad del País Vasco, que alegaron los graves perjuicios que una suspensión podría causar a la comunidad universitaria por el elevado número de alumnos matriculados.
La ponente se ratifica en los dos pronunciamientos anteriores del Supremo al entender que la denominación induce a confusión y se apoya en la reciente sentencia de la Sala Primera del Tribunal Constitucional (Ver DB de 2 diciembre) que entiende que no se ha violado ningún derecho del colectivo afectado. «Pierde relevancia el argumento de las universidades personadas porque el Tribunal Constitucional desestimó su recurso y la suspensión de la ejecutividad de los actos recurridos es una medida provisional establecida para garantizar la efectividad de la sentencia que en su día pueda recaer en el proceso principal», se indica en el auto del TS.
El contencioso fue promovido por el Consejo General de Colegios Oficiales de Ingenieros Industriales contra el acuerdo del Consejo de Ministros del 22 de noviembre de 2010 por el que se establecía el carácter oficial de determinados títulos de grado y su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos. El colectivo también pidió la suspensión cautelar de la denominación de graduado en Ingeniería de la Edificación a la persona habilitada para ejercer como arquitecto técnico al entender que induce a confusión con otras titulaciones ya existentes, autorizadas y reconocidas a favor de los ingenieros.
La UBU ya aprobó una denominación alternativa en previsión de que se diera una situación. De modo, que este título pasaría a llamarse Grado en Tecnologías de Edificación. El auto únicamente afecta al nombre, no a los contenidos que se imparten.