Las controvertidas obras del convento de La Aguilera llegan a la vía judicial

J.C.O. / Aranda
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El grupo municipal socialista ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra la declaración de uso excepcional en suelo rústico basada en el informe de una arquitecta municipal contratada laboral para otros fines

A la derecha, una de las nuevas construcciones, que contrasta fuertemente con la característico ábside de la iglesia. - Foto: Julio Calvo

El grupo socialista en el Ayuntamiento arandino ha llevado finalmente a la vía judicial la cuestionada ampliación del monasterio de San Pedro Regalado, de La Aguilera, acometida por la congregación Iesu Communio. El PSOE , que en su día ya presentó un recurso de reposición que fue rechazado, ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra  la resolución de la Junta de Gobierno Local por la que se concedió la declaración de uso excepcional en suelo rústico para las obras de ampliación, reforma y rehabilitación del convento y santuario

El PSOE argumenta que no cumple con los requisitos normativos puesto que siempre ha de prevalecer y acreditarse la existencia del interés público «y no de un claro y exclusivo interés privado de la comunidad religiosa». Y esgrime que así lo evidenciaban los informes técnicos  negativos de la arquitecta municipal y jefa del Servicio de Urbanismo.

Sin embargo denuncia que en lugar de haber sido refrendados por el letrado urbanista, los omitió e ignoró alineándose con un contrainforme favorable firmado por la otra arquitecta municipal, contratada laboral, argumentando que el supuesto bajo el que se solicitaba la autorización en suelo rústico no es de la utilidad pública y/o interés social, sino el de reforma y ampliación de edificaciones existentes no declaradas fuera de ordenación.

Sin embargo el primer partido de la oposición esgrime que según la documentación presentada y la inspección realizada por la técnica laboral la inmensa mayoría de las instalaciones y obras eran de nueva construcción y realizadas sin licencia alguna, ya que tienen incoados siete expedientes sancionadores. «Son instalaciones diseminadas que suponen una auténtica aberración urbanística que ha deteriorado la imagen ambiental, histórica, patrimonial y paisajística del santuario», advierte.

Como principal baza de su recurso, el PSOE considera que los informes de la arquitecta municipal laboral contratada, ya que no es funcionaria y tiene un contrato por obra o servicio determinado que consiste en el estudio, informe y seguimiento de las obras de construcción de las siguientes dotaciones urbanísticas: guardería en el polígono industrial, centro de enología residencia de ancianos del polígono residencial, remodelación del entorno del Centro Cívico Norte y paseo peatonal y pista ciclista en las piscinas municipales de La Calabaza.

«La mencionada trabajadora no puede informar sobre asuntos que no entre dentro de las funciones, obras y servicios para los que fue contratada», sostiene, abundando en que el letrado urbanista, «de modo arbitrario y según la conveniencia técnica o jurídica del momento» admite o rechaza algunos informes técnicos emitidos por dicha trabajadora amparándose en que está contratada en régimen laboral y carece de la condición de funcionaria.

El PSOE, que pide la nulidad del acuerdo por entender que constituye un posible y flagrante caso «de fraude de ley», recrimina también que, ante la existencia de informes contradictorios, la alcaldesa,  Raquel González, en aquel momento presidenta de la Comisión de Urbanismo, no solicitara un tercer informe a un organismo independiente, como el Colegio de Arquitectos de Burgos o la Dirección General de Urbanismo de la Junta, que pudiera aclarar las dudas.