La Audiencia falla a favor de las 'víctimas' del Popular

I.E.
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El tribunal provincial ordena al Banco Santander devolver 12.000 euros a un burgalés sin conocimientos bursátiles animado a invertir por un folleto «que no reflejaba la imagen real de la entidad financiera»

Antigua oficina del Banco Popular en la zona sur de Burgos. - Foto: Patricia González

Los compradores de acciones del Banco Popular en la ampliación de capital de 2016 cuentan ya con jurisprudencia en la provincia de Burgos para sacar adelante sus pleitos judiciales y recuperar las cantidades invertidas. La primera sentencia de la Audiencia provincial a los recursos del Banco Santander -que adquirió la entidad quebrada- dan razón a los reclamantes, pues el folleto informativo «no reflejaba la imagen fiel de la entidad ni los riesgos que entrañaba la emisión de títulos».

Este es el principal argumento de la resolución judicial sobre un recurso que han llevado los abogados Luis-M. Tello Saiz-Pardo y Pablo Torres, con el que han logrado que el Santander devuelva a su cliente algo más de 12.000 euros y que tenga que hacer frente a las costas del procedimiento judicial.

El juzgado de primera instancia 6 de Burgos ya dio la razón al ciudadano, pero la entidad financiera apeló con varios argumentos, entre ellos la falta de motivación del fallo o el error en la valoración de la prueba del folleto informativo, pues considera que no quedó acreditado que la información proporcionada a los demandantes no reflejase la imagen fiel de la entidad. Es más, alegó que la difícil situación a la que estaba expuesta la entidad había sido advertida expresamente.

Pues bien, la sentencia de la Audiencia admite que el folleto advertía del escenario de incertidumbre que acechaba al banco, con una previsión de pérdidas de 2.000 millones de euros en 2016, pero al mismo tiempo «daba a entender que no  afectarían a la solvencia, al estar previsto que se cubrieran con la ampliación de capital». Además, prosigue el fallo, «el folleto indujo a los inversores a confiar en falsas expectativas cuando afirmaba que el banco tenía la intención de reanudar los pagos de los dividendos tan pronto como se confirmasen los resultados del primer trimestre de 2017». Y, para más inri, «se presentaba como una entidad solvente cuando las pérdidas del Popular a 31 de diciembre de 2016 se cifraban en 4.888 millones de euros. 

«Por tanto -concluye la resolución judicial- el folleto de emisión de acciones para inversores no expertos se presentaba con bastante atractivo». Los resultados económicos del banco de 2016 y primer trimestre de 2017 «desmintieron esa imagen y obligó al cierre de oficinas y la reducción de la plantilla, es decir, mermó la credibilidad de la entidad», lo cual originó que durante el primer trimestre de 2017 y en especial entre mayo y junio se produjera una fuga masiva de depósitos. Como consecuencia de ello, la autoridad económica europea estimó que la entidad carecía de viabilidad financiera y acordó su resolución el 7 de junio de 2017 con reducción a valor cero de su capital social. El Fondo de Reestructuración y Ordenación Bancaria (FROB) lo vendió después al Santander por un euro.

La sentencia de la sección tercera del tribunal provincial abunda en el hecho de que la sexta entidad bancaria en aquel momento «no sufre una quiebra técnica de la noche a la mañana, sino que deviene de serios problemas que se arrastraban desde hace tiempo». Tampoco les vale a los magistrados el argumento de que «los problemas económicos eran por todos conocidos porque se había hecho eco de ellos la prensa económica». Sin embargo, la resolución advierte de que «no ha quedado probado que el ciudadano reclamante se mueva en el mundillo financiero, que como es obvio es muy restringido, ni que sea lector» de periódicos de color salmón. Resulta «sorprendente también que se diga que atravesaba por problemas por todos conocidos y no se haga una mención expresa y concreta en el folleto informativo».

La resolución admite que todo inversor sabe que una acción es un producto «especulativo y volátil que implica riesgo de pérdidas». Pero aceptar ese riesgo no es lo mismo que admitir que un banco va a quebrar.