Recupera 3.000 euros de un máster por no ceñirse a lo ofertado

F.L.D. / Burgos
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La Junta Arbitral de Consumo de Euskadi da la razón a una estudiante burgalesa al considerar que las cláusulas no facilitaban toda la información del curso

Devuelven 3.000 euros de un máster a una burgalesa por no ceñirse a lo ofertado. - Foto: Eugenio Gutiérrez

Una burgalesa de 41 años ha conseguido que una entidad educativa online del País Vasco le devuelva los 3.052 euros que abonó por un curso preparatorio a unas oposiciones por no cumplir con lo ofertado y porque en el contrato que suscribió no estaban debidamente explicadas las condiciones y derechos de desistimiento. Un laudo da la razón íntegramente a la reclamante y afea la falta de transparencia de la empresa que impartía la formación. 

Según recoge la resolución emitida por la Junta Arbitral de Consumo de Euskadi, los hechos se remontan al mes de agosto de 2023. La estudiante burgalesa suscribió a través de un agente comercial un curso preparatorio de oposiciones a técnico superior en desarrollo de aplicaciones web. Una formación que debía durar dos años y cuyo coste era de 3.052 euros (436 de matrícula más otros seis plazos mensuales de la misma cantidad que abonó por adelantado). El personal de la entidad educativa online con la que concertó el contrato le informó de que iba a tener a su disposición un «material actualizado y nuevo, un tutor personalizado individual y documentación de estudios que se encontraban a la vanguardia». 

El abogado de la reclamante, Pablo Armijo Bidón, destacó en sus alegaciones que la aceptación del curso la formalizó guiada por el agente «sin que en ningún momento fuera informada de las condiciones de contratación ni antes de firmar, ni durante, ni después». Por otro lado, el material prometido no llegó hasta 15 días después de esta suscripción y la formación no comenzó hasta principios de septiembre de ese mismo año. 

El laudo emitido afea a la empresa  la falta de transparencia sobre las condiciones


A los pocos días de comenzar el curso, la mujer comprobó que las expectativas que le había generado el agente comercial no eran las esperadas, pues la preparación, a su juicio, no era la idónea al contar con material desactualizado y los profesores no estaban especializados en la materia. Así pues, intentó ponerse en contacto con la empresa para darse de baja y recuperar el dinero invertido.

Durante meses realizó varias llamadas para mostrar su deseo de poner fin al contrato. Su letrado puntualiza que no fue hasta dos meses después cuando le indicaron algo con respecto a la posibilidad de desistir, concretamente que el plazo había expirado porque tuvo un mes para hacerlo efectivo. Pero esa información no se la habían dado antes. 

Tras el envío de varios correos electrónicos, whatsapps y demás comunicaciones, en junio de 2024 intentó la baja unilateral sin que la empresa le diera ninguna solución y tampoco quisieron devolverle la cantidad total abonada. A juicio de su representante legal, la entidad educativa no cumplió con su obligación de informar debidamente, lo que es abusivo y contrario a la defensa de los consumidores y usuarios. 

A los pocos días la mujer ya vio que el material estaba desactualizado


El laudo arbitral da la razón a la demandante al entender que «queda comprobado que la empresa no ha cumplido con el deber de documentación sobre el derecho de desistimiento, por ello el plazo para su ejercicio queda prorrogado a doce meses y en consecuencia procede la nulidad del contrato», por lo que obliga a devolver los 3.052 euros pagados por la formación.