No se trata de una cifra récord como los 486 millones de euros que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) propone como sanción para la plataforma Booking por monopolio, pero a buen seguro que es una de las más altas que deberá abonar una sociedad con relaciones comerciales en Burgos.
El organismo que promueve y preserva el buen funcionamiento de todos los mercados en interés de los consumidores y de las empresas ha impuesto una multa de 13 millones a la compañía de armamento militar Rheinmetall AG por dos infracciones graves durante su proceso de fusión con Expal Systems. La firma española, con sede en el Páramo de Masa -término municipal de Quintanilla Sobresierra- y con más de 300 trabajadores, se integró en febrero de 2023 en el tejido del gigante alemán tras abonar un precio no desglosado pero asumiendo un valor de empresa de 1.200 millones.
Pues bien, según Competencia, Rheinmetall incurrió en dos infracciones graves de la Ley de Defensa de la Competencia: por un lado ocultó información a la hora de notificar la compra de Expal, mientras que también le acusan de no colaborar con la CNMC al aportar datos engañosos durante la investigación previa a la apertura del expediente sancionador (fechado a 30 de enero de 2024).
Rheinmetall, sociedad matriz del Grupo Rheinmetall, que opera cinco divisiones: sistemas de vehículos, armas y munición, soluciones electrónicas, sensores y actuadores, y materiales y comercio, notificó en febrero de 2023 la adquisición de Expal Systems. La española está especializada en la defensa y seguridad global, con soluciones tecnológicas de alta gama para las fuerzas armadas.
La CNMC autorizó la operación en primera fase. Tras el recurso presentado por un cliente de las partes ante la Audiencia Nacional, el organismo público tuvo conocimiento de que la información aportada por Rheinmetall, a partir de la que analizó la fusión, podría haber sido incompleta y engañosa. Competencia abrió una información reservada para comprobar si, efectivamente, el gigante alemán omitió en la notificación que la fusión afectaba a varios mercados y saber si los datos que adjuntó eran engañosos. En enero abrió un expediente sancionador y, una vez instruido el caso, se considera acreditado por parte de la CNMC que Rheinmetall cometió dos infracciones graves de la Ley de Defensa de la Competencia (LDC).
Argumentos. Por un lado, según la resolución a la que ha tenido acceso este periódico, «obstruyó la labor de la CNMC al omitir y aportar información engañosa en el formulario de notificación». Explica que la empresa alemana, y en particular Expal, tenían actividad en la venta de nitrocelulosa y pasta húmeda pero omitieron identificarlos como mercados afectados por la concentración.
También le acusan de incumplir el deber de colaboración ya que aportó información incompleta y engañosa, dando a entender que su actividad en ambos mercados era mucho menor a la real.
Así las cosas, la CNMC le impone dos sanciones graves, tipificadas con multas económicas de hasta el 5% del volumen de negocio total de la empresa anterior. El organismo se basa en el artículo 62.3.c) de la LDC que señala que existe una obstrucción a la labor de la CNMC cuando, entre otros supuestos, la información que le es remitida sea engañosa o incompleta.
De este modo, deberá abonar dos pagos de 6,5 millones. Contra esta resolución podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.