El número de pacientes que ejerce su derecho a una segunda opinión médica aumentó el año pasado en Burgos, al pasar de 11 solicitudes en 2022 a 16. La mayoría las tramitaron pacientes del HUBU (desde Aranda y Miranda solo hubo tres peticiones), casi todas derivadas al Clínico de Valladolid. Es de prever que la cifra de enfermos que hacen uso de su derecho a solicitar una segunda valoración especializada de su problema dentro de la sanidad pública siga incrementándose, dado que la Consejería de Sanidad acaba de ampliar los supuestos en los que se puede solicitar y este lunes entró en vigor.
De hecho, a finales de abril se anunció que se abriría el abanico de patologías susceptibles de nuevo dictamen a cualquier enfermedad rara sin diagnóstico previo, a los casos de trasplante de órgano sólido que se hayan desestimado por un hospital que los haga en la Comunidad, a la cirugía de columna en edad infanto-juvenil (escoliosis), a indicaciones de cirugía cardíaca y a «cualquier otra enfermedad que suponga para el paciente un riesgo para su vida o para la calidad de su vida, entendida como una amenaza de incapacidad o menoscabo importante para su vida cotidiana y profesional».
Este último supuesto amplía el elenco de patologías susceptibles de revisión a una cifra indeterminada y en cierto modo subjetiva, por lo que les corresponderá a los gerentes de los hospitales determinar qué casos se derivan y cuáles no. Y esto no solo atañe a los pacientes y responsables de los hospitales públicos, sino también a quienes hayan sido diagnosticados en un «centro concertado o vinculado a la red asistencial sanitaria de utilización pública». En el caso de Burgos, esto podría llegar a incumbir a personas derivadas desde el HUBU a San Juan de Dios, pero en casos muy excepcionales, ya que lo habitual es que se derive al hospital de la Isla a pacientes ya diagnosticados, para alguna cirugía o prueba concertada.
Hasta ahora, la Consejería de Sanidad limitaba los supuestos en los que se podía pedir una segunda valoración a cuatro grandes bloques: enfermedades degenerativas del sistema nervioso central (excepto la demencia senil), enfermedades degenerativas del sistema nervioso periférico, enfermedades desmielinizantes (la esclerosis múltiple, entre otras) y el cáncer (neoplasias malignas, excepto las de piel distintas al melanoma). Ahora, las opciones se duplican con otras cuatro grandes áreas para consultar.
Las razones de este cambio, que entró en vigor este lunes (20 días después de la publicación en el BOCyL, el 29 de abril), son varias, pero la Consejería de Sanidad las resume en que se trata de «una acción de mejora» de la asistencia, dado que el ciudadano tiene más opciones, y de actualizar el ejercicio del derecho a una segunda opinión médica, «adaptándolo a la revolución terapéutica y tecnológica ocurrida en las últimas décadas». Un tiempo en el que, como recalca Sanidad, «se ha modificado el abordaje de múltiples enfermedades». Y, por último, la Comunidad trata así de igualar las regulaciones de otras Autonomías y garantizar «el principio de equidad».