La titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Burgos desestimó la demanda presentada por los propietarios del edificio ubicado en la calle Cardenal Segura 21 contra las resoluciones de la Concejalía de Fomento del Ayuntamiento de Burgos, que declinó declararlo en ruina, les instó a rehabilitarlo y finalmente les impuso una multa de más de 24.000 euros por no hacerlo. La sentencia directamente inadmite el recurso contra dos de las decisiones municipales, tumba otro contrario a otros tres acuerdos y da la razón al Consistorio.
Este asunto se remonta al año 2019. Los dueños del edificio, en el que actualmente se encuentra el bar Nuevo Orfeón, pidieron la declaración de ruina ante el Ayuntamiento de Burgos. Sin embargo, el gerente municipal de Fomento acordó que no había lugar a esta circunstancia e instó a la propiedad a presentar un proyecto de reforma en un plazo de un mes y a llevarlo a cabo en otros tres. Una ejecución que, según los técnicos, supondría un coste de 242.000 euros.
Sin embargo, se fueron presentado una serie de recursos, todos ellos desestimados por el Consistorio y posteriormente por la propia justicia. Pasaron los años y, nuevamente y ante la ausencia de cumplimiento de los requerimientos de reforma del inmueble, se les impuso una multa de 24.269 euros, también recurrida.
Los propietarios presentaron un nuevo recurso ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 contra todas estas resoluciones que les instaban a realizar las pertinentes reformas en el edificio. En primer lugar, la magistrada recuerda que los requerimientos no pueden ser «objeto de impugnación» por cuanto «se dicta en cumplimiento de sentencia firme». Es por eso que directamente inadmite esta cuestión.
Asimismo, considera «procedente» la imposición de la multa coercitiva de 24.269 euros por parte del Ayuntamiento de Burgos, no sólo en base a la jurisprudencia referida a la Ley del Procedimiento Administrativo Común y al texto de Urbanismo de Castilla y León, que contempla sanciones por incumplimientos de este tipo. Además, recuerda que existía una sentencia firme que avalaba dicha medida municipal.
Por todo ello, la jueza desestima la demanda e impone las costas a los recurrentes. Eso sí, contra dicho pronunciamiento judicial cabe recurso de apelación ante el mismo órgano en un plazo de 15 días.
El inquilino del bar Nuevo Orfeón, ubicado en los bajos del edificio, lleva varios años exigiendo una solución al conflicto al considerar que la suciedad acumulada por el deplorable estado del edificio le está perjudicando al normal funcionamiento de su negocio. Se da la circunstancia de que el propietario del local no es el mismo que el del inmueble, lo que complica aún más las cosas.