Licencias vuelve a ordenar el cierre del hotel de caballos

J.M.
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El área de Arquitectura emite un informe desfavorable al proyecto de legalización presentado por la empresa al advertir hasta ocho incumplimientos del Plan General de Ordenación Urbana

El centro ecuestre está ubicado en las inmediaciones del monasterio. - Foto: Jesús J. Matías

El Área de Arquitectura del Servicio de Licencias del Ayuntamiento de Burgos ha emitido ya informe tras la evaluación del proyecto de legalización presentado por Tabalou Development S.L.U., con el que la empresa pretende regularizar la situación del conocido como hotel de caballos de La Cartuja y de este modo poder proseguir con la actividad. La entrega de la documentación por parte de la sociedad no ha variado demasiado el criterio municipal, que ha informado de manera "desfavorable" a la legalización de la instalación al "constatarse la existencia de varios incumplimientos de parámetros urbanísticos de aplicación directa establecidos en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU). Algunos de ellos, según se añade, "de casi imposible subsanación en la agrupación de parcelas conformadas para la actividad".

La emisión de este informe provocó que desde los servicios jurídicos de Licencias se emitiera ayer una orden para notificar a la empresa que tiene un plazo máximo de cuatro días para cesar la actividad. En caso de no hacerlo se acudirá con la Policía para precintar la instalación.

En el informe se detalla, antes de realizar un análisis pormenorizado de hasta ocho incumplimientos del PGOU, que para poder obtener la licencia sería necesaria "la preceptiva autorización de uso excepcional" ya que la instalación se asienta sobre suelo con distintos usos (rústico con protección agropecuaria, natural-forestal, cultural...) y eso implica, necesariamente, que se evalúen "las circunstancias de interés público que justifiquen la autorización de uso excepcional, e imponerse las cautelas que procedan".

En cuanto a los incumplimientos del PGOU, el informe, entre otros aspectos, explica que "prácticamente todas las construcciones, salvo el primer conjunto de box en forma de 'L' que se proyectó en 2017, distan menos de 250 metros del límite del suelo urbano y urbanizable correspondiente al sector S-18" y eso contraviene la normativa urbanística.

En cuanto a las condiciones estéticas, relata que las cubiertas de las construcciones son verdes (salvo la de la edificación para el descanso del personal), cuando la normativa establece que tienen que ser de tonos pardos o rojizos terrizos.

El informe apunta también a que las construcciones destinadas a descanso del personal, aseos y vestuarios son de una tipología idéntica a la de una vivienda, cuando la normativa establece que "en ningún caso se entenderá necesaria para la explotación".

Apunta también que la superficie construida (2.184 metros cuadrados) supera la máxima de 2.000 metros establecida para explotaciones agrícolas, ganaderas y forestales y ampliamente la establecida de 500 metros para el resto de usos.

Otro de los argumentos que se exponen es la existencia de "riesgo de formación de núcleo de población", al materializarse en el proyecto más de tres edificaciones inscritas en un círculo de 250 metros de radio, se hace referencia a que la intensidad edificatoria supera los límites marcados por la normativa o la distancia de la planta de las edificaciones respecto a las vías de acceso rodado.

No es menos cierto que en el informe se habla de defectos de casi imposible subsanación (lo que no es lo mismo que imposible) y se añade que se va a pedir que informes sobres sus competencias las áreas de Infraestructuras, Medio Ambiente y Patrimonio.