El Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la semana pasada una modificación normativa que se incluye dentro de la Ley contra el desperdicio alimentario y en la que se detalla cómo será el nuevo procedimiento. Unión de Uniones ha sido la organización más interesada en cambiar el método de representatividad, dado que su presencia en muchos territorios es sensiblemente mayor que el peso que luego tiene en las negociaciones con el Ministerio.
La nueva norma contiene los requisitos que las organizaciones han de cumplir para poder concurrir al procedimiento de determinación de la representatividad. Entre ellos, se reclama que estén constituidas y reconocidas como organizaciones profesionales agrarias (OPA) de carácter general, ámbito estatal e implantación y actividad efectivas en al menos siete comunidades autónomas.
Dicha representatividad estatal se determinará exclusivamente a partir de las certificaciones emitidas por las comunidades autónomas, de acuerdo con los sistemas de reconocimiento de representatividad establecidos o, en su caso, situaciones de implantación en cada una de ellas. Estas certificaciones se remitirán al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que será el encargado de determinar la condición de más representatividad estatal de cada una de ellas.
Además, para conseguir ese nivel, se requerirá que la organización alcance al menos una cifra equivalente al menos al 10?% del total de afiliados nacionales en el sistema Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y del propio Sistema Especial de Trabajadores Agrarios (SETA). Concluida la tramitación, la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación declarará, motivadamente, las organizaciones profesionales agrarias más representativas de ámbito estatal mediante las respectivas resoluciones individuales.
La vigencia de las resoluciones en que se declare la representatividad será de cinco años desde el día de su publicación. El Gobierno, antes de que expire la vigencia de esas primeras resoluciones, impulsará «un nuevo sistema de acreditación de la representatividad» basado en criterios «objetivos, precisos y establecidos mediante leyes, en los que las elecciones entre las personas en alta al Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social por sus actividades agrícolas, ganaderas o forestales sea su base fundamental».
La norma recuerda que las OPA generales de carácter estatal forman parte del Consejo Agrario y desarrollan funciones de representación institucional en defensa de sus intereses ante la Administración General del Estado y otras entidades u organismos. Hasta ahora, las organizaciones agrarias que forman parte de este consejo son ASAJA, COAG y UPA. Unión de Uniones, con una representación importante en muchos territorios, incluso mayoritaria en algún caso, quedaba fuera de este Consejo Agrario, algo que la propia organización consideraba injusto.
«Dificultades».
Según el BOE, la necesidad de este cambio se justifica porque la anterior Ley de representatividad (12/2014, de 9 de julio) se basaba en la celebración de un mecanismo de consulta pública nacional «exhaustivo» pero que conllevaba «dificultades» para aplicarlo «desde las perspectivas material, económica e incluso teleológica».
Así, «basta referirse al importante despliegue de medios humanos y materiales que requeriría, especialmente dada la previsión de participación presencial en mesas repartidas por todo el territorio nacional, a su elevado coste económico, a las diferencias entre los procesos electorales estatal y autonómicos, que afectan al censo y a la configuración misma de los procesos, lo que podría dar lugar a resultados dispares en un mismo ámbito territorial y a la duplicidad de consultas en determinadas comunidades autónomas». Por todo ello, se ha optado por un sistema «de nueva planta que asegure la efectiva consideración de tal representatividad», según recoge la nueva normativa.
Lo que pide Unión de uniones.
El 1 de febrero de 2012, el ministro de Agricultura Alimentación y Medio Ambiente (en aquel momento Miguel Arias Cañete) comparecía en la Comisión de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente del Congreso para informar sobre las líneas generales de la política de su departamento y expresaba su propósito de «impulsar y desarrollar un proceso electoral de ámbito estatal que permita fijar la representatividad de las organizaciones profesionales agrarias en los procesos de gobierno del sistema, para disponer de elementos objetivos de representación».
Ese era el germen de la Ley 12/2014, de 9 de julio, y según lamenta Unión de Uniones, no se ha convocado, en este dilatado período desde que la norma entró en vigor, la consulta electoral de ámbito estatal que permitiría a los agricultores y ganaderos elegir a quien sientan en las mesas de discusión con el Gobierno a negociar en su nombre los intereses que les afectan. Unión de Uniones ha batallado desde entonces incansablemente por que los profesionales del campo puedan ejercer este derecho que se les está hurtando.
Con la nueva normativa, las elecciones no serán ya necesarias, pero el objetivo de esa ley de 2014 podrá conseguirse si se hacen las cosas bien. Habrá que esperar a ver cómo se desarrollan los acontecimientos.