Sedición, la reforma que viene

SPC-Agencias
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La búsqueda de apoyos a los Presupuestos en el bloque independentista enciende el debate sobre un cambio del Código Penal para el que el Gobierno no cuenta con el debido consenso

Sedición, la reforma que viene - Foto: Alejandro Garcia

Es una de las exigencias de los aliados independentistas del Gobierno, que ya se puso sobre la mesa hace tiempo y que ahora vuelve a colarse en la actualidad política. Una demanda polémica, liderada por ERC y apoyada también por los socios de coalición de Unidas Podemos, que requiere de un consenso con el que no cuenta el Ejecutivo, pero que todo parece indicar que acabará por colmarse como contrapartida al respaldo a los Presupuestos: la reforma del delito de sedición.

La llegada del proyecto de las Cuentas Públicas para 2023 al Congreso y la búsqueda de votos favorables para sacarlo adelante prende la mecha del debate parlamentario sobre este cambio normativo, una modificación orientada a la reducción de las penas impuestas que el Gobierno está intentando justificar alegando que se trata de un compromiso adquirido hace casi dos años y que sigue incumplido.

Hay que remontarse a enero de 2020, tres meses después de que los líderes del procés fueran condenados por sedición, cuando el Ejecutivo de Pedro Sánchez apostó públicamente por una amplia reforma del Código Penal que incluiría ese delito y otro, como los sexuales o medioambientales. Y ha habido cambios de esa ley orgánica, pero la sedición sigue sin tocarse. Sánchez asegura que mantiene su intención de hacerlo, aunque insiste en desligarlo del apoyo de ERC a los Presupuestos y reconoce que no cuenta con mayoría parlamentaria para sacarlo adelante.

La sedición está incluida entre los delitos contra el orden público, en el artículo 544 y siguientes del Código Penal. Castiga a quienes, sin estar comprendidos en el delito de rebelión, se alcen «pública y tumultuariamente» para impedir, por la fuerza o fuera de las vías legales, la aplicación de las leyes. Está penada con entre cuatro y ocho años de prisión, que puede elevarse a una horquilla de entre ocho a 10 años si se trata de los líderes de la sedición y de entre 10 y 15 años si quien se alza es una autoridad, que quedará también inhabilitada.

El 14 octubre de 2019, el Tribunal Supremo condenó por sedición a los líderes del procés sometidos a juicio. La pena mayor, de 13 años, recayó sobre el exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, condenado también por malversación, como los exconsellers Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa.

Antes de esa condena se habían abierto procedimientos por sedición contra algunos ayuntamientos por promover y aprobar mociones de apoyo a la resolución independentista del Parlamento catalán o incluso contra ediles, pero acabaron archivadas por la ausencia de protestas tumultuarias y de llamamientos a los ciudadanos a sumarse a esos actos.

También fueron juzgados por sedición y coacciones los controladores de Palma por el caos aéreo que se generó en varios aeropuertos en 2010, pero fueron condenados únicamente por abandono de servicio tras alcanzar un acuerdo con la Fiscalía y reconocer los hechos.

En enero de 2020, el Gobierno anunció que afrontaba con «amplitud de miras» la revisión del Código Penal para ajustarlo a la «realidad y actualidad» en delitos como el de sedición, algo que generó un aluvión de críticas desde la oposición, que acusó al Ejecutivo de tratar de enmascarar con esta iniciativa indultos a los secesionistas.

En las semanas y meses siguiente el entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, se encargó de defender la reforma de un delito que, alegaba, había sido introducido en el reglamento en 1822, que ya no respondía a la realidad vigente y que, además, estaba castigado con penas «inusitadamente altas», si se comparaba con legislaciones de países del entorno. Sin embargo, nunca se hizo público un anteproyecto o borrador de la reforma.

Indultos

El 22 de junio de 2021, el Gobierno concedió finalmente un indulto parcial a los líderes del procés que habían sido enjuiciados por «razones de utilidad pública». Se les conmutaba las penas pendientes de prisión, pero se mantenían las de inhabilitación.

Del alcance de la reforma que baraja el Ejecutivo dependerá su impacto en los cabecillas del 1-O condenados, cuyo indulto está recurrido y que podrían acabar con una rebaja de la inhabilitación.

Una reforma de la sedición también podría beneficiar a los dirigentes independentistas prófugos de la Justicia, como el expresident de la Generalitat Carles Puigdemont o el exconseller Toni Comín, ambos eurodiputados.

No obstante, no quedarían libres de una eventual condena a prisión aunque el delito de sedición fuera derogado o rebajado a penas mínimas, ya que podrían ser buscados también por malversación, una actividad castigada con entre dos años y seis de reclusión.