Resignación, cansancio y deseo que todo acabe ya. Después de más de siete años de litigios, los transportistas burgaleses implicados en el caso del cártel de camiones quieren cobrar daños y cerrar página. Ya saben que no percibirán ni un 15%, ni un 10%, sino solo un 5% de indemnización por el sobreprecio que pagaron por una cabeza tractora de las principales marcas del mercado. El Tribunal Supremo ha puesto ese límite en todas las sentencias que ha dictado hasta la fecha, las ocho últimas a mediados de marzo.
Salvo nuevos recursos a los tribunales europeos por parte de los fabricantes, parece que el litigio por las conductas anticompetitivas empieza a ver su fin. Consultados algunos de los más de 80 transportistas damnificados en Burgos incluidos en el grupo de Asebutra, a día de hoy no se ha cobrado ningún dinero y aún se está a la espera de que todo sea firme y la indemnización, más los intereses generados desde el fallo judicial, esté en el bolsillo.
Hay que tener en cuenta que el cartel estuvo activo entre los años 1997 y 2011, es decir, que algunas cabezas tractoras se adquirieron hace 25 años o más y que muchos de sus propietarios están hoy felizmente jubilados. Los hubo que compraron una y otros varias, por un valor de más de 125.000 euros la unidad, por lo que el volumen de las indemnizaciones a percibir será elevado.
Sergio Carpio, abogado de los Despachos BK ETL Global y participante en este proceso desde sus inicios, insiste en que el Supremo ha hecho «tabla rasa» una y otra vez en sus sucesivos pronunciamientos en torno al caso, aunque todavía haya juzgados de lo mercantil que pidan hasta un 16% basados en las conclusiones de los informes periciales.
El Supremo, explica Carpio, considera que el daño por la fijación de precios y el incremento de los precios brutos de los camiones afecta por igual a todos los transportistas, sea cual sea su ubicación geográfica. Asimismo, considera que los informes periciales son «muy similares» en todas las demandas, «por no decir que es el mismo en todos los casos, y que, por dicho motivo, los tribunales deberían dar respuesta uniforme debido a esta similitud, todo ello en favor del principio de igualdad».
De acuerdo a estos criterios, ha revocado varias sentencias de Audiencias Provinciales y, salvo que se acredite un daño mayor, el 5% es el mínimo que van a cobrar todos los afectados.
En el caso de Asebutra, el Juzgado de lo Mercantil dio la razón a los 83 demandantes contra alguna de las marcas implicadas. Se cuantificó el sobreprecio en un 5%, aunque se barajó una impugnación de sentencia para elevar ese porcentaje hasta el 10%.
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