Solo 1% da instrucciones sanitarias sobre el final de su vida

ANGÉLICA GONZÁLEZ / Burgos
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507 personas formalizaron su testamento vital en 2024. Es un documento que orienta a sanitarios y familias sobre cómo proceder en caso de enfermedad grave y que incluye pautas sobre asuntos como la eutanasia, cuidados paliativos o donación de órganos

La media de edad a la que se formaliza el testamento vital, también llamado documento de instrucciones previas, está en los 60 pero solo lo hace el 3% de la población de esa franja de años en adelante.

Conforme avanza el tiempo y la legislación se actualiza la sociedad va normalizando cada vez más la idea del final de la vida y exigiendo capacidad de decisión sobre las condiciones en que se quiere atravesar ese momento. Por eso el número de inscripciones de los documentos de instrucciones previas en la Consejería de Sanidad de la Junta de Castilla y León crece de forma constante en los últimos años aunque lo hace muy lentamente y no termina de calar del todo entre la población.  El año pasado fueron 507 los formalizados en la provincia de Burgos (482 en 2023) e hicieron un total de 4.017 desde 2008, que es cuando se comenzaron a contabilizar.

Esos pocos más de cuatro mil apenas suponen  un 1,1% del total de la población de la provincia de Burgos y un 3,3% de los mayores de 60 años, ya que es a partir de esa edad cuando más se rellena el también denominado testamento vital (la media a la que se hace son los 61 y el 63% son mujeres). La mayor parte de la gente lo hace a través de la Administración (se puede formalizar también ante notario o dos testigos) donde después de la pandemia se ralentizó este servicio por cuestiones de falta de personal y se espera que próximamente este dato se incremente, puesto que la reforma del decreto que lo desarrolla -que se realizó a finales del año pasado- ha incorporado la posibilidad de hacerlo en los centros de salud o a través de internet, además de las anteriores fórmulas. También ha cambiado el modelo de documento a cumplimentar.

La memoria de 2024, recientemente publicada por Sacyl, incluye la nueva documentación -un modelo orientativo- en la que hay cambios significativos. El principal, que se pregunta de forma expresa cuáles son las instrucciones de la persona con respecto a la eutanasia, derecho reconocido en el sistema legislativo español desde 2021. El enunciado de la frase que solo se tiene que marcar con una cruz si coincide con el deseo de la persona es el siguiente: «Quiero que se me facilite la prestación de ayuda para morir si me encuentro en alguno de los supuestos clínicos previstos en la Ley Orgánica de regulación de la eutanasia (sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento grave, crónico e imposibilitante) en los términos establecidos en la ley».

También se incluye la posibilidad de señalar cuáles son las decisiones sobre la sedación paliativa, además de una descripción explícita de en qué consiste este procedimiento: la disminución deliberada del nivel de conciencia mediante la administración de fármacos, a las dosis proporcionadas, con el objetivo de evitar un sufrimiento insostenible causado por uno o más síntomas que no pueden ser adecuadamente controlados con los tratamientos disponibles en un plazo de tiempo razonable o para evitar el sufrimiento en la agonía.

Para que todo quede aún más claro y debido a la confusión que en ocasiones se tiene sobre qué es la eutanasia y qué es la sedación paliativa se incluye una nota aclaratoria: «No es lo mismo la sedación paliativa, cuya finalidad es disminuir el nivel de consciencia del paciente cuyos síntomas no pueden ser controlados de otra forma, que la eutanasia, cuya finalidad es poner fin a la vida del paciente».

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