Uno de cada diez presos cumple el final de su condena en casa

F.L.D. / Burgos
-

Llevan una pulsera magnética que activa la alarma si se saltan las normas. Para obtener este beneficio deben cumplir varios requisitos

El Centro Penitenciario de Burgos cuenta a día de hoy con unos 300 presos. - Foto: Luis López Araico

El espíritu rehabilitador del sistema penitenciario brinda a determinados condenados numerosos balones de oxígeno que saben a libertad. No es gratis, desde luego. Deben asumir ante todo su error, tomar conciencia de que el delito que les ha llevado a pasar una temporada en la cárcel no se puede volver a repetir. Una vez dado el paso, el final del encierro puede ser algo más liviano. Un régimen de semilibertad en el que las rejas son prácticamente invisibles. Porque muchos de los reos terminan de cumplir con la justicia desde sus casas. En Burgos, son una treintena quienes se benefician de esta medida de reinserción.

No todo el mundo puede alcanzar este privilegio penitenciario, ni tampoco es inmediato. Para empezar, se tiene en cuenta el delito por el que están cumpliendo condena. Por supuesto, ya deben estar en un régimen de tercer grado y ni aun así es general para cualquier interno, según confirman desde la prisión burgalesa, donde cifran en 34 personas las que actualmente están terminando la pena en sus domicilios, alrededor de un 10% de la población reclusa.

A partir de ahí, son necesarios una serie de requisitos. El primero y más importante es que su comportamiento en el centro haya sido excelente y el riesgo de reincidir muy bajo. Durante su estancia en la cárcel debe someterse obligatoriamente a diferentes programas educativos acordes con el delito que previamente hubieran cometido. Por ejemplo, si es un reo por tráfico de drogas, sobre concienciación contra la toxicomanía. Si es de violencia de género o sexual, se forman contra las conductas que atentan contra las mujeres.

Después, la Junta de Tratamiento de la prisión examina pormenorizadamente cada caso y su evolución en el penal antes de tomar una decisión. Hay una última condición obligatoria para poder acceder a este beneficio: tener domicilio propio. Básicamente porque este lugar es monitorizado con sistemas telemáticos para que las autoridades penitenciarias constaten que efectivamente está cumpliendo el encierro.

Este control está regulado por el artículo 86.4 del Reglamento General Penitenciario, que permite al interno aceptar la vigilancia fuera del centro mediante una pulsera telemática. Así, la norma dicta que «solo tendrán que permanecer en el establecimiento durante el tiempo fijado en su programa de tratamiento para la realización de actividades, entrevistas y controles presenciales». El resto del tiempo lo pueden dedicar a sus quehaceres diarios (trabajo, ocio...).    

Fuentes penitenciarias señalan que a lo largo de estos últimos años la medida se ha demostrado muy efectiva. De hecho, la Secretaria General dependiente del Ministerio del Interior ha adquirido nuevos dispositivos de seguimiento que mejoran el control de los internos que cumplen el final de la pena en su casa. El funcionamiento de estas pulseras permite a la administración estar al tanto de la presencia o ausencia del interno en su domicilio, de manera que si pretende salir fuera del horario acordado, saltan las alarmas. El incumplimiento supone el inmediato regreso a la prisión.

(Más información y un testimonio, en la edición impresa de este lunes de Diario de Burgos o aquí)