La Audiencia Provincial de Burgos ha condenado a un joven de nacionalidad dominicana a dos años y seis meses de prisión por haber abusado sexualmente de una menor de edad en la casa de un amigo y en horario escolar. El acusado obligó a la chica, de 14 años, a realizarle tocamientos, según señala la sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico.
Los hechos se produjeron a las 8 de la mañana del 17 de febrero de 2021. La víctima -nacida en 2006- se dirigía al instituto donde estudiaba y pasó por el colegio donde acudía una amiga suya, de la misma edad. Ésta se hallaba acompañada por su novio y ambos convencieron a la adolescente para que les acompañara a la casa del chico. La noche antes ambas menores se habían puesto en contacto por Instagram para preguntarse si al día siguiente iban a ir a clase.
Una vez en la citada casa se encontraron con el ahora condenado, de 23 años, sin antecedentes penales en ese momento y con residencia ilegal en España. Sabía que a dicho piso iba a ir no solo la pareja de novios, sino una amiga de ella, porque se lo había dicho al acusado la noche anterior.
Finalmente los dos novios se fueron a una habitación y la víctima y el imputado se quedaron en otra. El acusado, que sabía que la chica tenía 14 años, «se aprovechó de esta circunstancia y con ánimo libidinoso la agarró por las caderas para aproximarla a él y después del cuello para acabar realizándole tocamientos, también en la zona genital». Asimismo, la obligó a realizarle tocamientos a él.
La niña denunció los hechos y la Policía Nacional terminó deteniendo al joven, a quien el juzgado, como medida cautelar, le prohibió el acercamiento a la muchacha por el tiempo en que durara la tramitación de la causa judicial. También le obligaba a no establecer contacto ni comunicación con ella. A consecuencia de esos hechos la menor desarrolló un trastorno de personalidad, según los psicólogos forenses que la evaluaron.
En una sentencia de conformidad, la Audiencia de Burgos ha considerado que el acusado es autor de un delito de abuso sexual, de manera que le impone 2 años y seis meses de prisión. También le prohíbe aproximarse a la víctima a una distancia menor de 300 metros durante tres años y medio. Y le impone la medida de libertad vigilada por 5 años.
El condenado queda inhabilitado para cualquier oficio o profesión, sea retribuido o no, que conlleve el contacto regular y directo con menores de edad por un periodo de 5 años y seis meses. También se acuerda su expulsión del territorio nacional una vez acceda a la libertad condicional o al tercer grado penitenciario, con prohibición de regresar a España por un tiempo de 8 años.
En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizar a los padres de la muchacha con 4.000 euros más los intereses. Contra el fallo del tribunal provincial no procede recurso al haber sido de conformidad.