El año que se agota no ha sido tan prolijo en grandes y graves sucesos como en juicios para la ciudad de Miranda de Ebro, con 5 de los últimos grandes casos que han pasado por los tribunales sentenciados definitivamente, a falta de si alguno llega al Tribunal Supremo. Las condenas, 4 dictadas en Burgos y una en La Rioja, oscilan entre la prisión permanente revisable, la pena máxima que contempla el ordenamiento jurídico español actual, y los 6 años de cárcel.
Difícil olvidar casos como el asesinato de la pequeña Carolina a manos de su madre y su abuela, el crimen el escayolista, los ataques del Loco del martillo a dos mirandesas para tratar de desvincularse de la muerte de su mujer o el hallazgo del arsenal de armas y explosivos más grande no vinculado a una organización terrorista en España.
La niña Carolina
La madre, condenada, y la abuela, muerta y estafada
Adriana Ugueto y su madre, Olga Febles, regentaron durante unos años una tienda de moda en la calle Arenal, llamada Más que Marcas. En enero de 2020, los mirandeses no podían evitar pasar por el local en el que entonces colgaba un cartel de 'Se Alquila' y preguntarse horrorizados qué había pasado en el seno de esa familia para que una niña de 5 años acabase asesinada por su madre en un hotel de Logroño y el cadáver de la abuela apareciese flotando en el río.
La sentencia dictada por la Audiencia Provincial de La Rioja en febrero de este año arroja luz sobre el horripilante crimen, por el que Adriana Ugueto ha sido condenada a prisión permanente revisable, la pena máxima del ordenamiento jurídico español. El padre, que tenía la custodia de la pequeña Carolina y estaba legalmente separado de la asesina, denunció la desaparición la noche antes. El jurado popular llegó a la conclusión de que la acusada y su madre habían preparado un plan para acabar con la vida de la niña y después suicidarse. La mañana del 26 de enero de 2020 lo pusieron en marcha, aunque su ejecución no se llegó a completar y de las tres, quedó con vida la acusada, que siempre se declaró inocente.
Sin embargo, el jurado la consideró por unanimidad culpable de «haber causado intencionadamente» la muerte de su hija «cuando ésta no tenía posibilidad de defenderse», ya que ella o la abuela suministraron a la menor un medicamento para dormir «en una dosis tal que la menor quedó en un estado profundo de sedación, y hallándose la menor en tal estado, presionó la boca y la nariz de la menor, hasta cortarle la respiración, acabando con su vida por asfixia mecánica por sofocación por obstrucción de vías respiratorias», detalla la resolución judicial.
El TSJ de La Rioja, que rechazó el recurso de la mujer condenada, añade para reforzar el argumento de alevosía, la agravante de desvalimiento por la edad de la víctima, que «la dosis suministrada?... fue para dormir a la menor y matarla una vez sedada», pues no existe prueba de que la cantidad ingerida fuese suficiente para acabar con su vida.
Además de la condena a prisión permanente revisable, la justicia impone a Adriana Ugueto en concepto de responsabilidad civil el pago de una indemnización al padre de la niña con 200.000 euros por daño moral, así como con otros 9.643,68 euros, por el tiempo que «tardó en curar del trastorno adaptativo mixto ansioso depresivo que padeció por estos hechos».
Contra la abuela, Olga Febles, no se abrió procedimiento al suicidarse antes incluso de que comenzase la investigación, el mismo día que fue asesinada su nieta. Posteriormente trascendió que en la Comisaría de Miranda había denunciado haber sido víctima de un timo amoroso por internet, conocido como Love Scam, por un importe de 100.000 euros.
El loco del martillo
Asesino en serie para tapar su crimen machista
Cuando Agustín Herrero se sentó en el banquillo del Palacio de Justicia de Burgos en septiembre lo hizo ya con una pesada losa, los 21 años de cárcel a los que la Audiencia de Álava le sentenció por matar a martillazos a su mujer en Turiso (Álava). De aquí volvió a la cárcel con una condena aún mayor, 30 años de prisión, por dos tentativas de homicidio en Miranda de Ebro. El apodado Loco del martillo no lo estaba, según han determinado los magistrados, cuando planeó varios ataques a mujeres con la idea de hacer creer que un asesino en serie andaba suelto por Miranda y desviar hacia otros sospechosos fuera del entorno de su esposa, Ana Belén Jiménez, la investigación policial por el crimen machista que también tenía estudiado.
Eligió a dos víctimas al azar y les asestó por detrás y sin opción a defenderse «golpes potencialmente mortales», según los forenses. «No le preocupó tal desenlace, y lo asumió, dejando a sus víctimas abandonadas en la vía pública, lo cual implicaba un desprecio por su vida, habiendo propinado un fuerte golpe a cada una de ellas, habida cuenta del resultado de las lesiones, y en una zona vital del cuerpo, como lo es la cabeza, y con un objeto contundente, que pudiera ser un martillo o similar», reseña la sentencia.
Crimen del escayolista
Le dejó desangrarse y llamó para tirar su cuerpo al río
19 años de prisión. Ni uno menos. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirmó a finales de junio la sentencia de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos contra David Duval como autor del asesinato de su vecino Fernando Martín el 26 de abril de 2019, tras discutir por un asunto de drogas.
La autopsia fue concluyente. Le disparó con una pistola cargada con munición del calibre 7 mm. y esperó hasta que la víctima, un escayolista de 60 años, «por su estado, debido a la pérdida de sangre que se fue produciendo de forma lenta, ya no pudo pedir ayuda por sí mismo», recoge la sentencia de la Audiencia Provincial, confirmada punto por punto por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León. David sostuvo que el impacto de bala lo recibió el escayolista de manera fortuita y prácticamente a bocajarro, al tropezar y caer encima de la pistola que él sostenía, y cuya propiedad tampoco reconoce, una versión que los forenses consideran «imposible», puesto que tuvo que disparar a un mínimo de 20 o 30 centímetros de distancia y por la espalda. Fue «un milagro» que no tocara la aorta ni ningún órgano vital, por lo que la muerte no fue instantánea. Calcula que se desangró al menos durante media hora, por lo que los médicos insistieron en las opciones de salvarse que habría tenido de haber llegado a un hospital o, al menos, recibir una primera asistencia de urgencia.
Para tratar de ocultar el cadáver, el asesino recurrió a dos sujetos, Jonathan G.C. y Cristian S.A., con antecedentes por otros delitos. Sobre las tres de la mañana, trasladaron el cuerpo en un vehículo Peugeot 206 hasta el Camino de la Chopera, en la localidad de Montañana, donde lo ataron por distintas partes con unas cuerdas y, usando como lastre un pie de cemento de sombrilla, lo arrojaron al río Ebro. El cuerpo fue encontrado por un paseante diez días después, el 6 de mayo de 2019, ya que los pies asomaban del agua. Por ello fueron condenados a 10 meses de prisión cada uno de ellos.
El lobo solitario
Armas de guerra en el centro de Miranda
Una de las operaciones más notables de la Guardia Civil en Miranda se desarrolló en un piso de la calle Condado de Treviño. Allí residía Rubén López Rebollo con su familia. Sin saberlo, los vecinos convivían con un auténtico polvorín y con armas de guerra compradas, algunas en el mismo lugar del que salieron las empleadas en los atentados de París.
De tendencia ultraderechista, fue considerado un lobo solitario y no se le halló conexión directa con organizaciones terroristas o colectivos extremistas. Soldador de profesión y de carácter introvertido, poco o nada aclaró durante el juicio, del que salió con una sentencia de 14 años de prisión por depósito de explosivos y de armas de guerra, que el TSJ ha confirmado.
A perdigonazos
Seis años por disparar en la calle contra tres personas
Una discusión de tráfico que pudo acabar en tragedia. P.G.J., de 40 años, disparó una escopeta de perdigones desde el balcón de su domicilio en la calle Vitoria de Miranda de Ebro e hirió a 3 personas el 4 de septiembre de 2017. Inicialmente fue condenado a 4 años de prisión por la Audiencia como autor de dos delitos de lesiones con arma y otro leve pero, en marzo, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León consideró después que el caso de una de las víctimas hubo un delito de agresiones agravado por arma de fuego e incrementó la pena a 6 años.