El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León acaba de dar una importante alegría a los servicios jurídicos municipales. Sea cual sea la indemnización que, finalmente, vaya a tener que pagar el Ayuntamiento a Elcide S.L. por la pérdida de los aprovechamientos urbanísticos en el solar de la Camposa (junto a la intersección de las calles San Francisco y Padre Flórez), la reparación del daño vendrá dada por la valoración del perito independiente que designe el juzgado y no tendrá ningún impacto la negligente actuación municipal al no responder hasta en tres ocasiones a los requerimientos que le hizo el juzgado durante el procedimiento de ejecución de una sentencia firmada el 6 de junio de 2022.
Los magistrados del TSJ han evaluado ahora, en la última sentencia sobre este asunto, si el auto que se firmó en octubre de 2023 (no recurrido) daba la razón a Elcide en sus pretensiones económicas y, por tanto, obligaba al Ayuntamiento, que no aportó antes del mismo ninguna valoración de indemnización, a tener que pagar algo más de tres millones de euros de compensación a la empresa.
El fallo frustra las pretensiones de Elcide, ya que recuerda que en ese auto de octubre del año pasado se reconoce el derecho de la empresa a ser indemnizada por la pérdida del derecho a la construcción de viviendas en ese solar, pero aclara que del mismo «no puede extraerse que fijara la cifra» de tres millones «pues ni en el cuerpo ni en el fallo de tal resolución se explicita dicha determinación». En otras palabras, «simplemente se limita a declarar que no se ejecutó la sentencia, lo que es cierto, y conmina a la administración para que proceda a su cumplimiento».
No quita eso para que aquel auto diera, al menos, motivos a Elcide para pensar que se le había dado la razón. Empezando por el hecho de que dispuso que se «estimaban las pretensiones de Elcide». Lo que se sabe ahora es que había que interpretarlo como el derecho a ser indemnizado (algo que ya se sabía) y no a la cuantía que exigía la que fuera propietaria del solar.
El TSJ resuelve toda esta confusión sobre un auto que, cabe recordar, fue «firme» y se produjo después de que el Ayuntamiento no respondiera a tres requerimientos. En el fallo se dice que lo que ha ocurrido es que «se parte de un error de base» cuando el juzgado pedía a la administración que cumpliera con la ejecución del fallo. Los magistrados señalan que «no podía cumplir espontáneamente porque no se había fijado aún la cantidad líquida a indemnizar».
Dicho de otra manera, el TSJ saca la cara por el Ayuntamiento al explicar que «el requerimiento que debe hacerse a la administración es para que haga alegaciones. Es decir, para que manifieste si se muestra conforme o para que aporte otra cuantía» diferente a la que ofreció Elcide. En otras palabras, carecía de sentido que preguntara al Consistorio por el estado de ejecución y lo que no podía hacer era «reprochar su incumplimiento».
Es cierto que el susto en el número 1 de la Plaza Mayor fue grande, ya que la falta de respuesta a los requerimientos del juzgado se produjo en un momento en el que la Asesoría Jurídica municipal se había quedado sin su letrado jefe. Hasta el punto de que en aquel auto se estableció una multa de 200 euros al funcionario municipal responsable de este asunto por su pasividad.
¿Qué hizo el Ayuntamiento para salvar la situación? Urbanismo firmó una resolución a finales de diciembre en la que establecía que la indemnización a pagar, según sus estimaciones, se fijaba en 417.000 euros. Elcide, como era de esperar, no puede estar más en contra.
La solución final vendrá de un perito independiente que fijará una indemnización que se moverá entre los 417.000 euros y los tres millones. Toca esperar.