Los cronistas de la época no lo recogieron, pero no cuesta mucho imaginar que Carlos V, en su lecho de muerte allá en tierras extremeñas, en el Monasterio de Yuste, se arrepintiera antes del último suspiro de haber seguido el consejo de sus galenos, y recordara con nostalgia aquel enclave ubicado más al norte pero al resguardo de todos los vientos; aquel vallejo ubérrimo y tan hermoso y tranquilo que en tierras burgalesas llamaban Fresdelval. Es un lugar mágico, aún poco conocido por los burgaleses. Pero que se halla, desde hace meses, en un trance que tiene muy preocupados a sus propietarios, la familia Sanz-Rubert Ortega. No en vano, la serie de modificaciones que el Ayuntamiento de Burgos quiere introducir en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) los afecta de lleno.
Tanto, que hace unos meses presentaron una serie de alegaciones contra esas intenciones de la Gerencia de Urbanismo (argumentaciones que, confirman fuentes municipales, todavía se están estudiando) respecto de los sectores que afectan a Fresdelval. Según explica Gerardo Sanz-Rubert, una de las principales consecuencias de esa modificación es que impediría la rehabilitación total del conjunto monástico, que además es Bien de Interés Cultural. «Tal y como pretenden dejar el Plan Espacial de Fresdelval, lo hacen totalmente inviable, pues suprimen los sectores exteriores que aportan viabilidad a la operación y se limitan a convertir el equipamiento público en privado. A la vez, se exige la rehabilitación completa del monasterio cuando se le ha suprimido la rentabilidad del sector».
En este sentido, la alegación realizada por los dueños de Fresdelval sobre este punto concreto es clara: «En la presente modificación, se carga sobre un ámbito inviable económicamente la rehabilitación 'completa' del monasterio, sin, en principio, una justa distribución de las cargas y beneficios. Se da la paradoja de que esta modificación, a la vez que impone una obligación a los propietarios que va más allá del deber legal de conservación (pretende asegurarse que la rehabilitación sea 'completa') les priva de los instrumentos urbanísticos y económicos de los que disponían para poder ejecutar adecuadamente esa rehabilitación. Por otro lado, se pretende justificar la drástica reducción de edificabilidad (sin compensarla en ningún ámbito externo) en permitir una 'transformación respetuosa del espacio' en que se encuentra el monumento».
Entienden los propietarios que ese planteamiento da derecho a una indemnización en virtud al artículo 48 de la Ley de Suelo. En el primer caso, al imponer un deber positivo de rehabilitación total de un edificio de 11.000 metros cuadrados se supera con creces los deberes normales de conservación de la propiedad (incluso teniendo en cuenta que es un Bien de Interés Cultural); en el segundo caso, al justificar la restricción del aprovechamiento urbanístico en la transformación respetuosa del espacio en el que se encuentra el BIC e impedir que los propietarios lo materialicen en ese ámbito. A este respecto, no salen de su asombro ante esa presunta preocupación por un entorno natural y patrimonial tan valioso e idílico, toda vez que permite la construcción de un nuevo edificio de 1.500 metros cuadrados, que es lo que plantea la citada modificación. «Además, invade las competencias de Cultura y Patrimonio, que algo tendrán que decir al respecto», subraya.
Así, los dueños de Fresdelval (que han invertido en torno a 1,7 millones de euros en reformar parte del complejo patrimonial y que van a ofrecer a la Asociación de Empresarios del Polígono de Villalonquéjar las estancias restauradas para que puedan celebrarse reuniones y congresos, dada la cercanía y la privacidad) creen que si finalmente se modifica el plan, «dará lugar a indemnización, sobre todo teniendo en cuenta que se han realizado numerosas y costosas obras que exceden del deber de conservación. Todo ello confiando en las determinaciones previas de planeamiento y que ahora pretenden ser modificadas».
Los sistemas generales. El Plan General de Burgos de 2014, explica Gerardo Sanz-Rubert, establecía un Plan Especial en Fresdelval con terreno rústico y el monasterio y suelos urbanizables en los que estaban los sistemas generales denominados EGN-1 y EGN-2 (de espacios libres, es decir, destinados a parques) y QGN-1 (de equipamientos recreativos, deportivos, de muy baja densidad). Sistemas generales destinados «a toda la ciudad», precisa. Para obtenerlos, se adscribía su obtención a dos sectores: los sistemas generales de espacios libres EGN-1 y EGN-2 al Sector S-32 'Arlanzón' y el sistema general de equipamientos QGN-1 al Sector S-33 'Villatoro'.
«Las famosas sentencias de 2016 anularon, entre otros, estos sectores, por lo que el planificador debía haber buscado otra forma de adquisición de ese suelo urbanizable. Es decir, en otro suelo y sectores o directamente por ocupación directa, que está contemplado en la ficha de estos sistemas generales». Lo que se ha hecho, entienden los dueños de Fresdelval, «es intentar eliminar el problema suprimiendo todos estos sistemas generales, pero eso no se puede hacer, primero porque las sentencias anulatorias de 2016 no afectaban ni se recurría el Plan de Fresdelval y, segundo, porque si se suprimen esos sistemas generales que, insistimos, son una dotación pública al servicio de toda la población, la Ley de Urbanismo establece que las modificaciones que afecten a espacios libres públicos o equipamientos públicos, existentes o previstos en el planeamiento requerirá la sustitución de los que se eliminen por otros de superficie y funcionalidad similar. La Ley es clara y estricta en esto: quiere impedir que por modificaciones del Plan se pierdan espacios libres y equipamientos para la ciudad y en este caso han suprimido todos esos sistemas generales sin sustituirlos por otros equivalentes», concluyen.