El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo ha condenado al Ayuntamiento de Burgos a indemnizar con 1.733 euros a un menor que se cortó con una baldosa mientras se encontraba realizando un cursillo de natación en una de las piscinas municipales. Los tribunales dan por acreditada la responsabilidad de la Administración Local ya que las lesiones que sufrió el joven se produjeron como consecuencia del mal estado de conservación de la instalación deportiva.
El juzgado ha estimado parcialmente la reclamación que presentó la madre del menor (en representación del joven) ya que inicialmente solicitaba el abono de algo más de 3.000 euros. El Ayuntamiento rechazó el recurso en vía administrativa y han sido los tribunales los que, finalmente, ha puesto cifra a la indemnización.
El Ayuntamiento deberá hacerse cargo íntegramente de la indemnización ya que la franquicia establecida en el seguro contrato se sitúa en los 2.000 euros.
De mayor importe es aún la indemnización que deberá pagar el Ayuntamiento a una ciclista que se cayó de la bicicleta por la existencia de gravilla suelta en la calzada en la Avenida Alcalde Valentín Niño. El percance le causó heridas de consideración, que exigieron a la víctima a acudir durante más de un mes a sesiones de recuperación en el Hospital Universitario de Burgos (HUBU). El Consistorio tendrá que pagar más de 15.000 euros.
Pese a los informes técnicos realizados en la Concejalía de Medio Ambiente, que apuntaron a que es imposible que la carretera pueda estar en todo momento libre de gravilla, el Consejo Consultivo de Castilla y León ha dado más valor a las fotografías del informe de Policía Local, que «acreditan de forma notoria, la existencia de una gran cantidad de gravilla en el tramo de la calzada en el que ocurrió el accidente».
Dicho de otra manera, el Consultivo, que ha tenido la última palabra en este asunto, llega a la conclusión de que «el accidente fue causado por la existencia de gravilla en la calzada y la falta de señalización en el lugar en el que aconteció la caída impidió a la reclamante valorar la necesidad de adoptar una mayor diligencia en la conducción en el punto del percance».