En su lucha contra la explotación sexual de menores la Unidad Central de Ciberdelincuencia de la Policía Nacional, en Madrid, detectó en un domicilio de Burgos que una dirección IP estaba realizando descargas completas de contenido pedófilo, en concreto de la red eDonkey. Los investigadores de dicha unidad identificaron al dueño de la casa y del ordenador, un vecino de la capital de 64 años de edad y sin antecedentes penales, y enviaron toda la información recabada al juzgado de instrucción 2 de Burgos, que autorizó la entrada y registro de la casa. En la inspección de un disco externo fueron localizados varios archivos con pornografía infantil.
Ahora, en una sentencia de conformidad, la Audiencia provincial de Burgos ha condenado al acusado a seis meses de prisión como autor de un delito de corrupción de menores. Asimismo, le impone una medida de dos años de libertad vigilada y el decomiso y destrucción de todos los efectos intervenidos durante la operación policial contra él.
Los hechos ocurrieron en el mes de noviembre de 2022. Durante el registro de la residencia del acusado fue intervenido también un archivo de 'mp4' «con imágenes de menores en actitud sexual que el procesado poseía con el ánimo de satisfacer sus instintos libidinosos y vulnerar la indemnidad sexual de los niños».
Durante la inspección del domicilio los agentes de la Comisaría General de Policía Judicial intervinieron una torre clónica de ordenador en cuyo interior había dos discos duros en los que descubrieron un amplio historial de descargas de contenidos pedófilos. También fueron hallados otros discos externos, de menor tamaño, con el mismo tipo de imágenes.
La causa llegó al tribunal provincial en octubre de 2023, si bien finalmente no tuvo que celebrarse vista oral. La Fiscalía y la defensa del acusado llegaron a un acuerdo y finalmente la Audiencia le ha impuesto al hombre una pena de seis meses de prisión. Asimismo, le inhabilita durante tres años para cualquier profesión u oficio, sea retribuido o no, que conlleve contacto regular y directo con menores de edad. También la impone una medida de libertad vigilada por dos años. No ha concurrido en este caso ninguna circunstancia de exención o atenuación de la pena, según señala la resolución judicial, a la que ha tenido acceso este periódico. Por ser una sentencia de conformidad no cabe recurso contra la misma, por lo que el fallo del tribunal provincial es firme.