La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Burgos absolvió a un hombre de 27 años acusado de un delito de abuso sexual a una amiga que le denunció por haberse aprovechado de que ella se encontraba ebria y dormida para mantener relaciones no consentidas. La jueza no considera probado los hechos manifestados por la supuesta víctima y observa contradicciones en las sucesivas declaraciones prestadas a lo largo del procedimiento.
Según la sentencia, los hechos se remontan al mes de septiembre de 2020. El acusado, A.O.A.C., pasó la tarde con unos amigos, entre los cuales se encontraban la denunciante y su pareja, en una sidrería de la calle San Juan. Posteriormente, se fueron a su casa en Gamonal, donde supuestamente, aunque no quedó acreditado, consumieron marihuana. Según expuso en su declaración la víctima, en un momento de la noche se encontraba con el procesado en el sofá y éste aprovechó que tenía anuladas las voluntades volitivas para practicarle sexo oral y penetrarla vaginalmente. Sin embargo, la magistrada considera que ninguno de estos hechos ha quedado probado.
Lo que sí ocurrió, recoge el fallo, es que la denunciante minutos después se fue a la cama con su pareja y mantuvo relaciones sexuales. Al día siguiente, acudió a urgencias para que le extrajeran un tampón. En el hospital le diagnosticaron una infección de orina, sin que apreciasen lesiones importantes. La mujer acudió otras dos ocasiones al HUBU e ingresó en psiquiatría por intentos autolíticos. Tres meses después de lo acontecido, denunció los supuestos abusos.
«Dada la gravedad de los hechos enjuiciados», valora la magistrada ponente, «se exige un nivel de certeza probatoria que vaya más allá de toda duda razonable y en este caso la sala alberga serias dudas sobre lo realmente ocurrido valorando la globalidad de los hechos». En este sentido, entiende que en la declaración de la víctima observa «contradicciones» entre lo relatado en Comisaría, en su declaración en la fase de instrucción y en el acto del juicio oral.
El abogado de A.O.A.C., Fernando Vecino, insistió durante la vista oral que en un delito tan grave y con una petición de pena de 7 años de cárcel no pueden existir «dudas razonables» en cuanto a los hechos acontecidos, cuestión que también avala la sentencia.