A la restricción general para toda Castilla y León de limitar las reuniones sociales y familiares a seis personas, así como a la prohibición de consumir en barras de locales de hostelería, la Junta añade ahora otras específicas para Burgos, que se detallan hoy en el BOCYL y que se resumen en diez puntos:
1) Prohibición de entrar y salir del municipio de Burgos, salvo para ir al médico, trabajo, centros educativos, lugar de residencia habitual, cuidar a personas dependientes, trámites administrativos «inaplazables», actuaciones ante órganos judiciales o notariales, exámenes...
2) Se suspenden las visitas en centros de personas mayores, salvo «circunstancias individuales» y tampoco se permite la salida de los ancianos más allá del recinto de la residencia (sí para ir al médico o causas de fuerza mayor)..
3) El aforo en los lugares de culto será de un tercio y la asistencia a velatorios y entierros se limita a un máximo 15 personas al aire libre y 10 en cerrados.
4) El aforo en establecimientos y locales comerciales será del 50% y tendrán que cerrar a las 22.00 horas salvo farmacias, espacios médicos y veterinarios, gasolineras y otros «considerados esenciales».
5) El aforo en locales de hostelería y restauración, juegos y apuestas será del 50%, tanto en interiores como en exteriores. No podrán admitir clientes desde las 22.00 horas y tendrán que cerrar a las 23.00, salvo para repartos a domicilio.
6) Academias, autoescuelas y centros privados de enseñanzas no regladas podrán dar clase de forma presencial, pero con un aforo del 50% respecto al máximo permitido. También para las actividades formativas de la Consejería de Empleo.
7) Las instalaciones deportivas podrán autorizar la práctica al aire libre con un aforo máximo del 60% y en interiores, con el 50%. La actividad deportiva en grupo se limita a un máximo de 6 personas. En las competiciones oficiales será de aplicación el protocolo elaborado por el Consejo Superior de Deportes.