Condena a la Seguridad Social por no subir una pensión

I.E. / Burgos
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Obligó a un burgalés a exigir una pensión ante el juez. El juzgado de lo Social ordena al ente estatal que pague una indemnización de 1.800 euros a un hombre que pleiteó para que le reconocieran el complemento de aportación demográfica

El Instituto Nacional de la Seguridad Social se halla en la calle Vitoria de Burgos. - Foto: Luis López Araico

Un juzgado de lo social de Burgos ha dictado la primera sentencia que condena a la Seguridad Social a pagar una indemnización -de 1.800 euros- a un vecino de la provincia por haber tenido que acudir a los tribunales para reclamar un incremento de su pensión, el denominado complemento de maternidad. Para entender el caso hay que remontarse a 2016. En ese año fue modificada la Ley General de la Seguridad Social, que aumentaba la pensión de jubilación a las mujeres por aportación demográfica en un 5%, un 10% o un 15%, en función de si tienen 2, 3, 4 o más hijos. Los hombres quedaban fuera del complemento. Pero a finales de 2019 el Tribunal de Justicia de la UE declaró discriminatoria la norma, dado que por el concepto de 'contribución demográfica' debían ser compensados tanto varones como féminas.

Para contrarrestar ese fallo, en 2021 la ley volvió a ser cambiada y ese complemento pasó a estar justificado «por reducción de la brecha de género», con unas condiciones que restringen, lógicamente, a los hombres a optar a dicho reconocimiento. Pero existe un periodo de tiempo, entre 1 de enero de 2016 y 16 de febrero de 2021, en el que todos los varones que tuvieran derecho al complemento debe serles reconocido: jubilados, viudos e incapacitados entre esas fechas.

La Seguridad Social, en lugar de abonar 'de oficio' esa cantidad a todos los españoles que se hallan en esa situación, ignora la sentencia de la UE y deniega todas las solicitudes realizadas por varones, a los que solo les reconoce los atrasos desde el momento en el que lo solicitan, no con carácter retroactivo.  Sin embargo, los tribunales van sentando jurisprudencia y decretan que los padres no solo tienen derecho al complemento sino que además hay que pagarles los atrasos con efecto retroactivo. A este burgalés, por ejemplo, le tuvieron que abonar 11.000 euros, según explica el abogado José Ángel Basurto, del despacho Aide Abogados, de la capital.

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