Dos años después de denunciar y comunicar públicamente los hechos, el Tribunal Económico Administrativo Municipal (TEAM) ha estimado la reclamación interpuesta por la asociación de comerciantes Centro Burgos contra la decisión del Ayuntamiento de girar el coste de la tasa de ocupación de la vía pública tras la instalación de un soporte promocional de la ciudad y el sector. En concreto, se trata de una bolsa gigante que se colocó en noviembre de 2018 en la plaza Santo Domingo de Guzmán y por la que reclamó 150 euros a la entidad.
El pronunciamiento de dicho órgano resulta claro y preciso al considerar que, una vez analizado el expediente, «queda en evidencia la fundamentación de la resolución impugnada, ya que frente a cada una de sus aseveraciones cabe oposición fundada». Se refiere en este sentido al argumento municipal de que «no constaba ninguna solicitud de ocupación» del espacio público, cuando «sí que constan», al igual que los informes favorables de los técnicos de la entonces Concejalía de Comercio y Mercados. Además, acompaña estas afirmaciones de un artículo de la Ordenanza correspondiente en el que se determina que la asociación «no está sujeta al pago de la tasa».
Concretamente, el TEAM recuerda, tal y como expone Centro Burgos, que la actuación publicitaria se encuentra recogida dentro del convenio anual entre el Consistorio y la agrupación, quedando esta afectada por el artículo donde se especifica que «no están sujetas» a ese tributo las ocupaciones de dominio público que «patrocine» el Ayuntamiento por su «interés municipal». Para ello -según añade-, «será obligatorio informe favorable de los técnicos municipales que tramiten la solicitud», así como la resolución de autorización, que queda recogida en la documentación del 11 al 31 de diciembre.
Es más, el órgano administrativo incide en esta última cuestión dado que en el visto bueno de Comercio se reconoce que la agrupación no está sujeta a la tasa, además de entender que su contestación «no puede interpretarse de forma distinta a que da por cumplidos los requisitos» exigidos para cumplir ese artículo y que están vinculados a la firma de ese convenio de colaboración por el que se que articula subvención municipal recibida. Por todo ello, el TEAM declara la «disconformidad a Derecho de la resolución impugnada vía económico administrativa y la liquidación tributaria «emitida a su resulta, procediendo a su anulación y disponiendo la devolución de la cantidad ingresada por tal concepto junto con los intereses de demora por esta devengada».
Centro Burgos considera que el «principal» beneficiario de la colocación de ese soporte promocional «fue el propio Ayuntamiento» al contener un mensaje a favor de la ciudad, con independencia de que se realizara con motivo de la celebración del 25 aniversario del nacimiento de la entidad. Se muestra satisfecha del pronunciamiento favorable, ya que, tal y como recuerda, esta no es la única ocasión en la que ha acudido a este órgano por motivos similares, pero sobre los que aún no se ha pronunciado.
En su conjunto, el importe reclamado asciende a 2.000 euros, que incluyen la instalación de otra bolsa en 2021 con motivo del VIII Centenario de la Catedral en la Plaza Mayor y la ornamentación de farolas con lazos y banderolas en la calle Laín Calvo centro de su campaña de Navidad y de la Feria Burgostock, también financiadas a través del mismo convenio.