Un año de cárcel por reventar la cara con un móvil a un hombre

I.E. / Burgos
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La Audiencia impone al acusado una indemnización de 2.280 euros por el perjuicio estético y las secuelas causadas a la víctima durante la agresión, que tuvo lugar a la salida de un bar en la avenida del Cid

La agresión se produjo en la avenida del Cid número 67, cerca del bar Casa Cantabria. - Foto: Valdivielso

Una discusión entre dos hombres a la salida del bar Casa Cantabria, en avenida del Cid, terminó en el verano de 2022 con una brutal agresión en la que el autor reventó la cara a su oponente valiéndose de un teléfono móvil. El juzgado de lo penal 1 de Burgos ha condenado al atacante a un año de prisión por la comisión de un delito de lesiones y también le impone el abono de una indemnización de 2.280 euros, dadas las lesiones causadas y el perjuicio estético que representan las secuelas en el rostro que le provocó la paliza.

Los hechos se produjeron el 8 de agosto de 2022 en las inmediaciones del mencionado establecimiento, a la altura del número 67 de la avenida del Cid. La víctima vio al acusado en el exterior del local y se fue hacia él para recriminarle que hacía un mes, en un local de ocio nocturno, le había dado un tortazo y le había puesto la zancadilla, por lo que cayó al suelo. Al preguntarle por ello, el otro se puso violento, le agarró por la camiseta y cuando la víctima se caía le golpeó con su móvil en la cara. Cuando pudo librarse de él cruzó la acera y llamó a la Policía. 

Como consecuencia de la agresión el hombre sufrió dos heridas inciso contusas de aproximadamente 15 centímetros cada una en la cara, cuya curación requirió de una intervención quirúrgica y cinco puntos de sutura en total. En la actualidad presenta dos cicatrices de un centímetro cada una, según la sentencia a la que ha tenido acceso este periódico. También tendrá que compensar a Sacyl por los gastos de la atención médica.

La Audiencia Provincial acaba de confirmar la resolución judicial  y entiende que la jueza de instancia no tuviera en cuenta el testimonio de una tercera persona que presenció los hechos. Ese testigo relató que la víctima cruzó la avenida del Cid con la intención de agredir al otro hombre, pero que tropezó con el bordillo, resbaló y cayó al suelo, de modo que se hizo sangre.

Sin embargo, la magistrada otorga más credibilidad a la versión de la víctima, puesto que ese testigo, que compareció en el juicio a petición del acusado, cayó «en contradicciones no solo con lo manifestado por ellos en la fase instructora  sino entre las declaraciones que ambas partes hicieron durante la vista oral». La sentencia no es firme, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.