Un informe elaborado en el propio Tribunal Constitucional (TC) ha concluido que la corte de garantías "no puede impedir" que otro órgano jurisdiccional, ya sean jueces, magistrados u otros tribunales, acudan al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE), en el marco de la polémica desatada por la intención del presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, de frenar la cuestión prejudicial que la Audiencia de Sevilla sopesa plantear en relación con el 'caso ERE'.
Así consta en el documento de 14 folios, al que ha tenido acceso Europa Press, emitido por una letrada adscrita al magistrado conservador César Tolosa que es experta en derecho comunitario.
En el mismo se explica que el Constitucional "no puede impedir" que un órgano jurisdiccional inferior plantee una cuestión prejudicial al TJUE "cuestionando la conformidad del Derecho de la Unión" de una sentencia que haya dictado la corte de garantías, porque "ello no sería solo incompatible con el mecanismo de la cuestión prejudicial", sino que además "podría suponer una infracción del principio de independencia judicial".
Según concluye, "una actuación del TC español que produzca el efecto de impedir, limitar o disuadir de cualquier manera a un órgano jurisdiccional inferior de plantear una cuestión prejudicial podría incurrir en un incumplimiento del Derecho de la Unión".
Además, señala que en el supuesto de que el Constitucional decida adoptar una decisión de tal naturaleza, "los órganos jurisdiccionales afectados vendrían obligados a dejar inaplicada dicha decisión".
Posibles sanciones de la Comisión Europea
Al hilo, la letrada firmante indica que "todo ello daría motivos suficientes a la Comisión Europea para iniciar un procedimiento de infracción contra el Estado español, con fundamento en la actuación de su Tribunal Constitucional", algo que "podría abocar" a una sentencia del TJUE condenando a España por "incumplimiento del Derecho de la Unión".
Sobre este extremo, recuerda que existen precedentes en los que la Comisión Europea ha iniciado un procedimiento de infracción contra un Estado miembro como consecuencia de las actuaciones de su Tribunal Constitucional. "Y si bien algunos de estos procedimientos han quedado archivados, cabe recordar que no ha ocurrido así respecto a la actuación del Tribunal Constitucional de Polonia", añade.
Así las cosas, insiste en que los órganos judiciales nacionales tienen "plena libertad" para acudir al TJUE y para "cuestionar una sentencia dictada por un Tribunal Constitucional".
Y agrega que el propio tribunal con sede en Luxemburgo ha declarado "sin ambigüedad alguna" que dichos órganos "están facultados para no aplicar una decisión de un órgano constitucional superior que pueda reputarse contraria al Derecho de la Unión".
Por último, recuerda que el TJUE ya fijó que "la norma nacional que obliga al Tribunal Supremo a seguir la apreciación jurídica del Tribunal Constitucional no impide que el juez remitente pueda plantear al TJUE una petición de decisión prejudicial en cualquier momento del procedimiento que considere oportuno y dejar de lado, en su caso, las valoraciones formuladas por el TC que resulten contrarias al Derecho de la Unión".
Con todo, recupera las palabras que enunció el presidente del TJUE, Koen Lenaerts, el 6 de mayo de 2022 en la sede del TC español. Aquel día, éste aseguró que "la fuerza vinculante" de las sentencias de los Tribunales Constitucionales no puede llegar al extremo de "impedir que un juez nacional examine, por sí mismo o en cooperación" con el TJUE la compatibilidad de una legislación nacional con el Derecho de la UE.
Debate inédito
Este informe se ha redactado en el marco del debate que surgió tras conocerse que la Audiencia de Sevilla, que debe dictar las nuevas sentencias del 'caso ERE' después de que el TC anulara más de una decena de condenas, incluidas las de los ex presidentes Manuel Chaves y José Antonio Griñán, emitió una providencia donde trasladó a las partes la posibilidad de plantear una cuestión prejudicial al TJUE al considerar que el TC se ha "extralimitado" con su interpretación de la malversación y la prevaricación.
Conde-Pumpido manifestó sus dudas sobre la posibilidad de que un tribunal español pueda acudir al TJUE para desoír las sentencias del TC. Lo hizo en la reunión de la Sala Primera celebrada el pasado lunes pero posteriormente el asunto llegó a conocimiento de los demás magistrados, reunidos en la Sala Segunda. Y, ante el desconcierto interno, el tema acabó abordándose en Pleno, pese a no constar en el orden del día, a lo largo del martes y el miércoles.
De acuerdo con fuentes conocedoras de dicho debate, la postura de Conde-Pumpido contó con pocos apoyos, incluso en el sector progresista de la corte de garantías. En este sentido, detallan que varios magistrados tomaron la palabra para incidir en la necesidad de que la decisión que finalmente se adopte cuente con un amplio respaldo.
Las posiciones fluctúan desde quienes ven incuestionable --"de primero de derecho UE"-- que los jueces españoles pueden preguntar al TJUE cuando tengan dudas sobre la aplicación de las normas comunitarias al caso que tienen entre manos, hasta quienes entienden que debe defenderse la jurisdicción del TC en la ejecución de sus sentencias, barajando incluso la posibilidad de anular la providencia de la Audiencia de Sevilla.
Las referidas fuentes puntualizan que la postura del propio Conde-Pumpido, a quienes algunas voces achacan una iniciativa "personalísima" en este tema, se vio matizada en las discusiones que continuaron el miércoles sobre este asunto, al hablar ya de la búsqueda de acuerdo.
Se espera que el asunto se aborde en un nuevo Pleno pero ya con el apoyo de la "documentación necesaria", según indican las fuentes consultadas. Esto es, la providencia de la Audiencia de Sevilla y los informes encargados por los distintos magistrados, ya que está previsto que a este primero se sumen otros, incluido el impulsado por Conde-Pumpido.