Alcaldes y vocales de Hornillalastra, absueltos

A.C. / Hornillalastra
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La sentencia de la Audiencia Provincial obliga a la acusación ejercida por Jon Zugazaga a pagar parte de las costas por «temeridad y mala fe», al guiarse por «cuestiones de interés personal y político»

Los cuatro acusados, ahora absueltos, en el juicio que se celebró el pasado mes en la Audiencia Provincial. - Foto: Alberto Rodrigo

La Audiencia Provincial ha dictado una sentencia de 97 folios que absuelve de los delitos de prevaricación, falsificación de documento público, presentación en juicio de documento público falso y contra los derechos cívicos al exalcalde pedáneo de Hornillalastra, José Manuel González Estrada, a los vocales Herminio López y Francisco Fernández, y a la que fuera su secretaria y ahora alcaldesa, Raquel López Barredo. Por contra, los magistrados se muestran demoledores contra quien ejercía la acusación, Jon Zugazaga, quien fue también alcalde de la pedanía de Sotoscueva de 2008 a 2014 y después vocal en la oposición.

Dicen los magistrados que «el querellante era una persona foránea del pueblo que, tras hacerse con el cargo de presidente de la junta vecinal con una moción de censura, favoreció los intereses de sus amigos, adjudicando el coto de caza a una sociedad bilbaína en perjuicio de los cazadores del pueblo y, posteriormente, por razones de enemistad política y personal, intento despojar al anterior alcalde (Daniel González Ruiz) de un terreno que venía ocupando como huerta desde 1982.

Y es por ese terreno por donde comenzó la batalla judicial que se ha librado durante un lustro. En 2010, Zugazaga inició un expediente de recuperación de oficio de la finca, alegando que «un vecino le había informado de que años atrás ese terreno había sido plaza pública». Pero resultó no estar en el último inventario de bienes de la pedanía, fechado en 1956. Zugazaga llevó el asunto a los tribunales y el Tribunal Superior de Justicia concluyó en 2015 que no quedaba acreditado que el terreno fuera público. Siguió así en manos de Daniel González Ruiz, padre de uno de los absueltos y que fue alcalde de 2015 a 2019, José Manuel González. En ese periodo, José Manuel González envió un escrito a los juzgados para indicar que ese terreno siempre había sido de su padre y no figuraba en el inventario de bienes del pueblo, lo que motivó la acusación por prevaricación. 

La sentencia indica que el absuelto «se limitó a exponer su parecer», pero la decisión judicial que posibilitó que el terreno siguiera siendo de su padre «no se sustenta en sus escritos, sino en la prueba documental y testifical». Frente a ello, la acusación hablaba de un «plan preconcebido», que la sentencia descarta y añade que por esa regla de tres «también pudiera considerarse prevaricador el acuerdo de 2010 sobre recuperación de la posesión cuando no se cumplían los presupuestos para ello».

Otro de los acuerdos generador de una segunda acusación por prevaricación fue el adoptado en 2015 cuando celebró un contrato privado de cesión de uso de la antigua escuela «como centro recreativo y social» al hermano de uno de los vocales absueltos y al esposo de la ahora alcaldesa. Se cedió por 15 años sin alquiler. Ante ello, la sentencia incide en que «la cesión de un bien incluido en el patrimonio municipal a título precario, no solo no es ilegal, sino que está recogida en el ordenamiento jurídico». Yañade que «el único requisito para justificar la cesión es que la misma se realice para fines de utilidad pública e interés social y esa es precisamente la finalidad que se perseguía en Hornillalastra».

Cazadores. Los magistrados también recuerdan que «durante todos los años que fue alcalde Zugazaga no se le dio utilidad alguna» al local y que «es obvio que por sus características y volumen poblacional, en ningún caso podría ser un negocio», dado que el pueblo suma 14 empadronados. Tampoco ven que el acuerdo resultara lesivo o perjudicial para los intereses colectivos» y «no existía ninguna ordenanza que impidiera la cesión del unos a unos particulares». Por contra, dicen que el acusador lo «quería utilizar de club para los cazadores» y «evitar que fuera utilizada a título de cesión de uso y sin ánimo de lucro por los vecinos».

La sentencia también se adentra en las dificultades de las juntas vecinales para hacer frente a las tareas administrativas sin medios humanos, técnicos o económicos y descalifica la forma de actuar de Zugazaga, que acusaba a los absueltos de un delito contra los derechos cívicos por dejar sin contestación a sus «innumerables peticiones y recursos en una deliberada estrategia procesal de acoso y derribo». Por «la mala fe y temeridad», entre otros motivos, «al guiarse por cuestiones de interés personal y político» a la hora de denunciar, la sentencia obliga al querellante a costear tres quintas partes de las costas de parte de las acusaciones.