Han pasado casi cuatro meses desde que el Ayuntamiento de Burgos decidiese hacer caso a los mandamientos judiciales a la hora de señalizar los foto rojo. Un tiempo en el que se ha decidido qué tipo de cartel colocar antes de los semáforos para alertar al ciudadano de que si se lo saltan van a recibir una multa, pero que no ha sido suficiente para destinar una partida a adquirirlos y colocarlos. Mientras tanto, son decenas los conductores que han acudido a la vía judicial y que están obteniendo la razón de los tribunales. La administración municipal, en muchos casos, se ha allanado. O lo que es lo mismo, ha renunciado a defenderse.
«De los 12 últimos procedimientos que he llevado por este tipo de sanciones, diez se han resuelto de manera estimatoria», afirma Adrián Torres, letrado del despacho TR Abogados, quien logró el primer pronunciamiento favorable del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2, el cual sentó criterio único en Burgos. Actualmente, aclara, el mismo magistrado está resolviendo para los dos órganos.
Torres explica que, si bien los fundamentos que expone el magistrado son en esencia los mismos en la mayoría de pronunciamientos, en algunos de estos procedimientos el Ayuntamiento se ha allanado. En otras palabras, reconocen que las sanciones no son conformes a derecho. Eso sí, en vía administrativa previa, habían mantenido la multa al conductor, lo que implica que para que un ciudadano pueda anular la denuncia tiene que contratar a un abogado y acudir a la vía judicial.
Los fallos de los tribunales critican, principalmente, la ausencia de señalización, lo que hace prever que los recursos dejarán de tener recorrido una vez el Ayuntamiento coloque los vinilos de información. Bien es cierto que hubo una primera sentencia que afeaba el hecho de que los dispositivos no pasasen ningún control metrológico, aunque este criterio no está unificado por los juzgados de lo Contencioso.
La concejalía de Seguridad Ciudadana se agarró en su día a un resquicio legal para no tener que colocar paneles informativos junto a los postes de los semáforos. Optaron por decir la ubicación de los seis foto rojo de la ciudad en la página web municipal.
Sin embargo, esta estrategia no ha servido para convencer a los jueces. El fallo que terminó por sentar un precedente que animaba a recurrir a los conductores apuntaba que aunque la Agencia Española de Protección de Datos considera que el deber de informar «puede considerarse cumplido al advertir de la existencia de cámaras y su ubicación en la página web del responsable», también le aclaraba que esta señalización tiene que situarse en un lugar de fácil acceso y debe estar «localizable», algo que hasta hace bien poquito no ocurría, pues solo se podía acceder tras una «complicada ruta de acceso».