Son incontables las historias de personas que envejecen en soledad, bien porque sus familias viven lejos, bien por la ausencia de ellas. Su destino, muchas veces, es el internamiento, que no siempre es aceptado. Los Juzgados se ven obligados a intervenir cada vez más en casos de este tipo. La ley 8/2021, que reformó la legislación civil y procesal en materia de apoyo a la discapacidad, individualiza el trato de los tribunales a los ancianos vulnerables y también dota de mayor seguridad civil a las familias y centros sociosanitarios.
«La discapacidad ha adquirido una trascendencia muy importante en los últimos años. Los procedimientos son los mismos, pero poco a poco han ido entrando casos de mayores», explica María Ángeles Benito, fiscal delegada especializada en la materia en Burgos. La explicación a este fenómeno es doble. Por un lado la mencionada reforma legislativa, que si bien reconoce que todas las personas tienen capacidad jurídica más allá de su discapacidad, matiza que en ocasiones no se puede ejercer sin apoyo, cuestión que, precisamente, regula en base a la Convención de la ONU de 2006. Por otro, el evidente envejecimiento de la población que acrecienta las enfermedades mentales de los que superan los 65 años. Una tendencia que se prevé en aumento.
En cierta manera, advierte Benito, la ley invita a «desjudicializar» casos en los que las personas tienen la capacidad de decidir. Es decir, aquellos asuntos en el que una persona mayor con discapacidad acude con su familia a una residencia de manera voluntaria. Pero también regula situaciones que se venían dando con frecuencia y que sí terminaban en los tribunales. «Ahora se va más al caso concreto, se personaliza. Se le escucha, se valora su enfermedad y se actúa en consecuencia», indica la fiscal.
En definitiva, con la nueva ley tanto las familias como los centros sociosanitarios tiene una mayor seguridad jurídica. O lo que es lo mismo, «más tranquilidad» a la hora de afrontar internamientos, bien sean voluntarios o bien sean forzosos y con la mediación de un juez y la participación del Ministerio Público.
Hay casos, sin embargo, que son mucho más complicados y que, lamentablemente, son demasiado frecuentes. La Fiscalía se ve obligada a intervenir en internamientos forzosos a personas que viven en soledad y que, por su situación vital, tienen que estar asistidas. María Ángeles Benito matiza que el artículo que regula los ingresos no voluntarios no ha variado, pero la nueva ley y una circular a nivel nacional aportan unas directrices de actuación en asuntos complejos como estos.
Los son, principalmente, porque la persona en sí no tiene la capacidad para valerse por sí misma, pero su postura es contraria a la del internamiento. «Es complicado, porque hemos visto casos en los que viven en situación de insalubridad, por ejemplo, y se han negado en rotundo a que les ingresemos en una residencia», señala Benito. Son los servicios sociales los que, habitualmente, dan la voz de alarma en episodios de este tipo.
«El procedimiento, en realidad, sigue siendo el mismo. Si una familia viene porque quiere ingresar a su padre porque no tiene capacidad de valerse por sí misma, se debe presentar un informe del forense y una entrevista a la persona a la que se va a internar. Pero se estudia mucho más su caso, se discrimina mucho más que antes, que se generalizaba en base a la discapacidad», apunta la fiscal delegada.
La previsión es que el número de internamientos no voluntarios a personas mayores en situación de vulnerabilidad y soledad se incremente a lo largo de los próximos años. Más aún en una provincia envejecida como la de Burgos. «Es la propia realidad social. Cada vez es más complicado que las familias cuiden de ancianos», concluye María Ángeles Benito.