El TSJ confirma la pena por los disturbios de Gamonal de 2020

F.L.D. / Burgos
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El juez desestima los recursos de apelación interpuestos por los tres acusados, que deberán hacer frente a las costas de esta segunda instancia, contra la que cabe recurso de casación

Imagen de los tres acusados por los disturbios de Gamonal en 2020, durante el juicio celebrado el pasado mes de abril en la Audiencia Provincial. - Foto: Valdivielso

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha confirmado la condena de un año de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Burgos a cada uno de los tres acusados de haber participado en los disturbios de Gamonal el 30 de octubre de 2020, tras una manifestación ilegal convocada en redes sociales para protestar contra las restricciones por la covid-19. Además de confirmar íntegramente dicha sentencia, impone a los recurrentes las costas de esta segunda instancia, contra la que cabe recurso de casación.

El juez desestima los recursos de apelación interpuestos por O.M.G., A.S.B. y C.G.A. contra la sentencia de la Audiencia Provincial, que considera probado que participaron de manera activa en unas revueltas que acabaron con más de 40 contenedores quemados y numerosos daños en el mobiliario urbano de la calle Vitoria.

En los fundamentos de derecho de dicha sentencia, el magistrado ponente explicaba que el fallo estaba sustentado en los atestados policiales corroborados en el juicio oral por los agentes de la Policía Nacional actuantes, quienes reconocieron a los tres acusados como tres de los participantes de los disturbios. Así, asegura que los funcionarios "fueron capaces de precisar con total persistencia, verosimilitud y uniformidad los hechos atentatorios contra el orden público".

Los tres acusados negaron haber participado activamente en las protestas. En el caso de A.S.B., reconoció, sí que estuvo ese día en la calle Vitoria, pero no en la revuelta. Los otros dos directamente aseguraron que no se encontraban allí. La procesada C.G.A. declaró que a esa hora se estaba en su domicilio y que pidió una pizza, si bien los agentes aseguran que la reconocieron por un tatuaje en la pierna cuando volcaba un contenedor con otras personas. Por su parte, O.M.G. indicó que ese día estuvo cerca de su domicilio y que llegó a su casa a la hora de las protestas. Sin embargo, el juez observa discrepancias entre su versión y la de su madre.

Para el magistrado, "no puede darse valor probatorio alguno a las distintas pruebas de descargo practicadas a instancia de las defensas" y "cuyas coartadas quedaron refutadas por las pruebas de cargo tenidas en cuenta". Por ello, les impone un año de prisión a cada uno por desórdenes públicos.