Encausan al camionero luso que arrolló a un hombre y no paró

F.L.D. / Burgos
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La jueza instructora cree que hay indicios suficientes para imputarle por un delito de abandono del lugar y archiva la causa contra el otro investigado por los hechos ocurridos en el Nudo Landa la madrugada del 16 de diciembre

Recreación del atropello realizado por la policía portuguesa. - Foto: DB

Era de noche, la autovía estaba completamente a oscuras y era muy difícil prever que una persona pudiera caminar a esas horas por el tramo del Nudo Landa. La jueza que instruye las diligencias del atropello en el que murió un joven avilesino en diciembre del año pasado tiene que claro que no hubo homicidio por imprudencia. Sin embargo, entiende que el conductor del camión que le arrolló tenía que haber parado para tratar de asistirle, cosa que no ocurrió. Es por eso que ha dictado un auto en el que le imputa un delito de abandono del lugar por el que podría enfrentarse a una pena de hasta seis meses de prisión. La causa queda sobreseída para el otro investigado. 

Sobre este último individuo, sobre el que se centraron las pesquisas tras comprobar por las cámaras que también había atropellado al joven avilesino la noche del 16 de diciembre de 2023, la magistrada da la razón a su defensa, que lleva el abogado Sergio Carpio. Entiende que circulaba por el carril izquierdo en un día sin niebla y que tras el impacto desaceleró sin saber muy bien qué había ocurrido. Al llegar a una gasolinera comprobó que le faltaba el espejo retrovisor, por lo que regresó al lugar para recogerlo. Al llegar observó que había dos vehículos detenidos, uno de ellos un taxi, y que no fue hasta la mañana siguiente, al ver las noticias, cuando avisó preocupado de lo ocurrido a la Guardia Civil. 

Más dudas le genera a la instructora tanto la actitud del transportista, de origen luso y que responde a las iniciales de P.J.S.O., como su posterior declaración en sede judicial. La investigación concluye que efectivamente circulaba a una velocidad adecuada y que era imposible evitar el atropello. Unos kilómetros más allá detuvo el vehículo y lo inspeccionó. Sin embargo, tal y como señaló posteriormente, en ese momento no advirtió ni sangre ni nada anómalo porque sólo inspeccionó los bajos. Las posteriores pruebas policiales recabadas dejaron claro que había una serie de desperfectos compatibles con el atropello de una persona.   

Al respecto, la titular del Juzgado de Instrucción número 1 de Burgos concluye que P.J.S.O. tuvo que ver al peatón y, pese a ello, no detuvo el camión. «Coherente con ello», añade, «es la baja voluntaria solicitada a la empresa inmediatamente posterior a este viaje», por lo que «hay una serie de circunstancias que no han quedado convenientemente explicadas y que justifican continuar la causa». 

Es por eso que ve indicios suficientes para imputarle un delito de abandono del lugar del accidente previsto en el artículo 382 bis y que contempla penas de entre tres y seis meses de prisión, así como la retirada del carné de conducir por un periodo de hasta dos años.