El TSJ rechaza el recurso del osteópata y ratifica los 18 años

A.C. / Quintana de Valdivielso
-

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León confirma la condena por abusar de 10 mujeres en la localidad burgalesa de Quintana de Valdivielso

El TSJ rechaza el recurso del osteópata de las Merindades y ratifica los 18 años de prisión por abusar de 10 mujeres - Foto: Valdivielso

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJ) ha rechazado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del osteópata afincado en Quintana de Valdivielso, Evaristo Patricio Jaramillo, quien en enero fue condenado por la Audiencia Provincial a 18 años de prisión por abusos sexuales sobre diez mujeres, nueve residentes o con segunda vivienda en Merindades, y una de Barcelona, que se desplazó a la comarca para recibir tratamiento con el osteópata y fue la primera en denunciarle a comienzos de 2020. Tras la suya llegó una cascada de denuncias, dos de las cuales fueron consideradas como abusos sexuales con introducción de miembros -dedos- por vía vaginal.

Los magistrados de la Audiencia concluyeron que «en el desempeño de los masajes, técnicas y manipulaciones que efectuaba a sus pacientes, con evidente ánimo libidinoso, se extralimitaba en numerosas ocasiones, intercalando entre las manipulaciones propias de la osteopatía tocamientos en zonas íntimas (pechos, pubis y zona vaginal)». Su defensa argumentó varios motivos de impugnación de la sentencia como el «error en la valoración de la prueba y la infracción del principio de presunción de inocencia» o la «falta de proporcionalidad de las penas impuestas».

El TSJ responde, como ya se escuchó en el juicio, que «cuando se trata de un único testimonio, aun cuando sea el de la víctima, situación que suele ser habitual en los delitos contra la libertad sexual, dadas las especiales circunstancias de privacidad en los que los mismos se suelen cometer, se admite que dicho testimonio sea hábil para desvirtuar la presunción de inocencia». Además, en los casos juzgados no existían relaciones previas entre víctima y condenado, lo que da mayor «verosimilitud» a los testimonios de las mujeres, según el TSJ. A ello añade que en el juicio se dieron pruebas de cargo con todas las garantías y las víctimas no entraron en contradicciones, destacando el caso de las dos mujeres que sufrieron los abusos de mayor gravedad.