A vueltas sobre el listado de abonados de deportes con rebajas

C.M.
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La Comisión de Transparencia de Castilla y León obliga a dar a conocer las exenciones y el Ayuntamiento de Burgos concede 15 días a los afectados para alegar

El Ayuntamiento establece bonificaciones a particulares y colectivos en la ordenanza 217. - Foto: Luis López Araico

Al Ayuntamiento de Burgos no le que quedado más remedio que atender a los requerimientos de la Comisión de Transparencia de Castilla y León y publicar el listado de abonados de instalaciones deportivas que se están beneficiando de una reducción de hasta el 100% de la cuota si concurren o acreditan una serie de circunstancias excepcionales, que había solicitado un ciudadano. 

Sin embargo, dar a conocer esta información puede conculcar la Ley de Protección de Datos y por ello desde el área de Transparencia y Participación han decidido dar un trámite de audiencia de 15 días para que «los terceros cuyos derechos o intereses pudieran resultar afectados por el acceso a la información solicitada» puedan presentar las alegaciones que estimen oportunas y presentar los documentos y justificaciones que tenga por convenientes. El plazo empieza a contar desde hoy, según señaló el concejal de Transparencia, Miguel Balbás. 

Las personas que quieran formular las alegaciones deberán enviar el escrito a la Sección de Transparencia del Ayuntamiento o presentarse por cualquiera de los sistemas señalados en la Ley de Procedimiento Administrativo Común. 

La historia de esta polémica se gestó el noviembre de 2021 cuando un particular reclamó a través del portal de transparencia los nombres de personas y organizaciones que se beneficiaban de las bonificaciones de cuotas, así como su cuantía y la justificación concreta para aprobar dicha exención. La ordenanza 217 en su artículo 10 establece la reducción si se acreditan circunstancias que favorezcan o promuevan el fomento y la práctica del deporte en la ciudad aunque es necesario que se motiven tales circunstancias y se corroboren mediante informe técnico y jurídico, que garantice la excepcionalidad, especificidad y carácter puntual, siendo el órgano competente el consejo de administración del Servicio Municipalizado de Deportes. 

El Consistorio denegó su solicitud argumentando que se «pueden vulnerar los derechos de los afectados, en especial la protección de datos de carácter personal». El ciudadano recurrió esta decisión y el Comisionado de Transparencia de aludió a la Ley de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, en abril de este año para recordar al Ayuntamiento burgalés que existe un mecanismo para obtener los datos reclamados y facilitarlos. Esa norma dice que «cuando la información pudiera afectar a derechos o intereses de terceros debidamente identificados se les concederá un plazo de 15 días para que puedan realizar las alegaciones oportunas».

Una vez efectuado este trámite, el órgano instaba al Ayuntamiento a poner a disposición del ciudadano interesado «una relación del número de reducciones de cuotas para el uso de las instalaciones deportivas que estén reconocidas, la cuantía de las mismas y la justificación de cada una de ellas». Además, «habrá de identificar a aquellas personas mayores de edad a las que se ha reconocido la exención siempre que hayan manifestado de manera expresa que están conformes con ser identificadas como beneficiarios y con que se informe sobre la justificación de su bonificación si la misma está relacionada con cualquier dato de carácter personal».

Más de medio año ha tardado el Ayuntamiento en cumplir con lo exigido por el Comisionado de Transparencia, dando el paso de dar audiencia a los posibles afectados. Una vez que tenga los permisos se dará al solicitante una relación de los beneficiados.