La Junta diseñará planes individuales para teletrabajar

David Alonso
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El nuevo decreto profundiza en los requisitos y deberes del de 2022, mantiene el máximo de un año prorrogable y la obligación de dos días de trabajo presencial

Imagen de una persona trabajando en remoto desde su domicilio. - Foto: Eugenio Gutiérrez Martínez

La Junta de Castilla y León está ultimando un nuevo decreto de teletrabajo con el que actualizar, profundizar y desarrollar el primitivo texto normativo aprobado en junio de 2022 bajo las prisas de la covid-19 que sirvió acomodar legalmente la realidad laboral impuesta por la pandemia. Ahora, dos años después, el Gobierno autonómico da por amortizado ese texto y el nuevo decreto servirá para ahondar en los derechos y deberes, tanto de la administración pública como de los trabajadores que se acojan a esta modalidad laboral. La propia administración regional reconocía «deficiencias» en la normativa actual que impedían una modificación y obligaban a elaborar un texto nuevo.

Entre las principales novedades del nuevo decreto, al que ha tenido acceso este periódico, está la elaboración de planes individuales para cada uno de los empleados públicos en teletrabajo en el que se detallarán los objetivos, responsabilidades y la forma en la que el funcionario de la Junta deberá llevar a cabo su trabajo en remoto. Una suerte de 'ficha técnica' en la que deberán quedar registrados los lugares en los que teletrabajará, hasta un máximo de dos, los días y franjas horarias en las que trabajará, o los objetivos asignados. Para garantizar homogeneidad en todos los planes individuales, el Ejecutivo autonómico tiene previsto aprobar un modelo '0' que servirá de base para todos los empleados públicos.

«El presente decreto actualiza la regulación de esta modalidad de prestación de los servicios con el fin de garantizar el cumplimiento de su finalidad fundamental, sin perder de vista las múltiples posibilidades que el teletrabajo ofrece al personal al servicio de la Administración pública», reconocen en el documento elaborado por la Consejería de la Presidencia, que revela que a finales de 2023 había 1.152 trabajadores al servicio de la administración autonómica en teletrabajo. Hay que recordar que no todos los empleados públicos pueden acceder al trabajo en remoto, y quedan excluidos las unidades de atención 24 horas, los que requieran la presencia física del trabajador, o aquellos que impliquen funciones de dirección, coordinación o supervisión.

Otra de las novedades que incluye este nuevo decreto de teletrabajo son los criterios preferentes para aquellos empleados públicos que residan en zonas rurales, para víctimas de violencia de género, personas que hayan sufrido acoso laboral, o para la conciliación familiar. Todos estos colectivos tendrán puntos extra para acceder al teletrabajo en caso de empate con otro empleado que también haya solicitado teletrabajar y haya límite de plazas. Igualmente, el período de desempeño presencial del puesto con carácter previo a la autorización del teletrabajo pasará de tres a nueve meses, con el objetivo de garantizar un «adecuado» aprendizaje en el desarrollo de las funciones.

No obstante, algunas de las decisiones establecidas en el decreto que ahora se va a derogar seguirán vigentes en el nuevo. Por ejemplo, se mantiene el límite de un año de autorización del teletrabajo, que podrá prorrogarse en otros dos como máximo. En el caso de que se decidiera por parte de la administración retirarle el teletrabajo, no se podrá volver a solicitar en un año. También se mantiene que al menos dos días a la semana se trabaje de forma presencial y el resto mediante teletrabajo, aunque también se abre la mano a extender el remoto hasta cinco días «cuando sobrevengan circunstancias excepcionales». Por último, la Junta se cubre de cara al futuro tras lo ocurrido con la covid-19, o recientemente con la DANA, y podrá, de oficio, mandar a «todo» el personal a su servicio a teletrabajar por razones de emergencia sanitaria o circunstancias de fuerza mayor.

¿Quién lo puede pedir?

Todos aquellos trabajadores de la administración autonómica que lleven más de nueve meses, estén en servicio activo y posean el certificado en competencias digitales. Quedan excluidos los puestos con unidades 24 horas, los que requieran la presencia física o los que impliquen funciones de dirección, coordinación o supervisión.

¿Quién pone los medios?

El personal que preste sus servicios mediante teletrabajo tiene derecho a que la Junta le facilite los medios tecnológicos necesarios para el desarrollo de su actividad, como un equipo informático adecuado y un teléfono móvil corporativo.

¿Hay limite temporal?

El máximo inicial para trabajar en remoto es de un año, aunque se puede prorrogar hasta en dos ocasiones más. Es decir, en el caso más amplio la autorización para teletrabajar podría ser de tres años.

¿Se puede revocar?

La Junta podrá suspender la prestación de servicios en régimen de teletrabajo cuando concurran circunstancias sobrevenidas, por las necesidades del servicio, por incumplimiento de los objetivos, o por desarrollar el trabajo en un lugar no autorizado.