El juicio a un hombre por exhibicionismo se ventila con multa

I.E. / Burgos
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Se bajó los pantalones junto a un colegio de primaria con menores en el patio. La pena se ha reducido por la demora que arrastró la instrucción del caso

La sentencia fue dictada por el juzgado 2 de lo penal de Burgos. - Foto: Luis López Araico

El juicio a un exhibicionista que se masturbó delante de los niños de un colegio de primaria de la capital se ha ventilado con una multa para el acusado de 2.880 euros. El juzgado de lo Penal 2 de Burgos, eso sí, le impone la prohibición de acercarse al centro educativo por un periodo de dos años. El imputado se ha librado de una pena mayor -incluso de cárcel- porque la instrucción del caso se demoró demasiado, motivo por el que el juzgador le ha aplicado la atenuante de dilaciones indebidas en el procedimiento.

Los hechos se produjeron el 9 de septiembre de 2020, uno de los primeros días de ese curso 20-21. A las 13,50 horas el acusado fue sorprendido con los pantalones y los calzoncillos bajados masturbándose detrás de un arbusto que se hallaba en el lateral de un colegio de educación infantil y primaria de la ciudad de Burgos. A escasos metros de él se hallaban los alumnos del centro, con edades comprendidas entre los 10 y 11 años, quienes esperaban a ser recogidos por sus padres, pues era la hora de salida. 

Fue una de las madres la que dio aviso al colegio y desde allí contactaron con la Policía Local, cuyos agentes le sorprendieron marchándose «pero todavía con el pantalón sin abrochar». El juzgado de lo Penal considera que no se ha acreditado que el acusado estuviera simplemente orinando ni que tuviera un problema médico. De ahí que lo haya condenado por un delito de exhibicionismo. 

La defensa del imputado recurrió la sentencia a la Audiencia, que ha confirmado el fallo. Entre sus alegaciones figuraba la de que no existen pruebas de que su cliente cometiera los hechos. El tribunal provincial considera que las declaraciones de los policías municipales que acudieron al lugar avalan la resolución judicial, por cuanto dijeron que localizaron al hombre «con el pantalón mal colocado y la bragueta desabrochada». Asimismo, la mujer que le sorprendió relató a un profesor del colegio que cogió el teléfono que «había visto a un hombre masturbándose, que estaba muy segura». 

El abogado defensor también esgrimió el argumento de que hubo un error en la tipificación de los hechos. Pero para la Audiencia no hay duda alguna de que se trata de un delito de exhibicionismo «porque queda acreditado que en el lugar donde se estaba masturbando el acusado «había numerosos niños de entre 10 y 12 años esperando a sus padres a la salida de la jornada escolar». El tribunal estima que resulta «indiferente que los menores no se percataran de lo que estaba haciendo el acusado, pues lo relevante es la intencionalidad de la acción». 

Y el último motivo del recurso es que, a juicio de la defensa, el juzgado incurrió en una infracción a la hora de imponer la pena. No está para nada de acuerdo la Audiencia, que asegura que la multa se halla «dentro de los límites exigibles». Sobre su cuantía, el recurrente «no aportó prueba documental alguna de que no percibe ayuda de subsistencia o que recibe comida del Banco de Alimentos». Reconoció que tiene una pequeña pensión para él y su mujer pero sin presentar documento alguno. No queda acreditada por tanto su precariedad económica, de ahí que el tribunal provincial mantenga la sanción de 2.880 euros. La sentencia, eso sí, es recurrible ante el Tribunal Supremo.