El Museo debe dar al Arzobispado los relieves de Quintanilla

I.E. / Burgos
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La Audiencia Nacional falla a favor de la Iglesia burgalesa y rechaza vincular su cesión al abono de los gastos que generó para la Administración central el regreso de las obras robadas desde el Reino Unido

Una conservadora del Museo de Burgos desembalaba los bajorrelieves en enero de 2019, el día que llegaron a Burgos desde el Reino Unido. - Foto: Valdivielso

Desde que en el año 2019 la Guardia Civil recuperó en el Reino Unido los sillares visigóticos de la ermita de Quintanilla de las Viñas -robados en 2004- las piezas están expuestas en el Museo de Burgos, a pesar de que la Diócesis ha manifestado por activa y por pasiva al Estado y a la Junta que quería recuperarlos. Pues bien, la Audiencia Nacional acaba de dictar una sentencia en la que da la razón al Arzobispado y ordena la entrega de las valiosas obras a la Iglesia burgalesa.

Después de que en junio de 2019 la Audiencia Provincial dictaminara que el templo situado en Quintanilla de las Viñas es propiedad de la Diócesis, esta se dirigió al Ministerio de Cultura y Deporte para reclamar la cesión de los dos bajorrelieves encontrados en un jardín situado en una mansión del norte de Londres, pues se hallan en el Museo de Burgos desde su llegada a España. La Administración central desestimó la solicitud, de manera que el Arzobispado presentó un recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional, que ha fallado a favor de la Iglesia.

Los magistrados expresan su sorpresa ante esa negativa y también por la orden del 28 de agosto de 2019 que acordó asignar los sillares tallados al Museo de Burgos.  ¿Por qué se asombran los jueces? Porque cuando el Ministerio de Cultura estableció esa disposición ya conocía que el juzgado de primera instancia 6 de Burgos había dictado una sentencia -confirmada por la Audiencia provincial en junio de 2019- en la que reconocía que la ermita de Quintanilla de las Viñas -y también los bajorrelieves recuperados- era propiedad del Arzobispado. La Diócesis había presentado meses antes una demanda de acción reivindicatoria sobre el inmueble.

Aunque la noticia de la llegada a España de las obras de arte ocupó numerosas páginas y espacios televisivos en medios locales y nacionales, la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional afea al Ministerio que no notificara de manera oficial al Arzobispado que se habían recuperado los bajorrelieves. En todo caso, el abogado del Estado, en su contestación a la demanda de la Diócesis, «reconoce la procedencia de la cesión» de los sillares, pero supeditada a que la Iglesia abone los gastos que asumió el Ministerio para traer de vuelta a España las piezas sustraídas.

Efectivamente, la sentencia de la Audiencia Nacional admite que el Arzobispado está obligado a restituir al Estado central el dinero que desembolsó para repatriar los bienes, pero no es condición para la entrega de las obras a la Iglesia. «La entrega del bien recuperado es independiente de la obligación de la Diócesis de abonar los gastos que generó su recuperación», reza el fallo judicial al que ha tenido acceso este periódico. Es por ello que la resolución judicial estima el recurso y ordena la entrega de los dos bajorrelieves recuperados. Las costas del proceso judicial deberá pagarlas la Administración central.

Fue el detective holandés del arte, Arthur Brand, quien -tras años de investigación- halló las dos obras maestras que datan del siglo VII, de valor incalculable, que representan a dos apóstoles. Se hallaban en un inmenso jardín de una familia aristocrática del norte de Londres, cubiertas por hojas y barro, y con el musgo al punto de ponerlas en serio riesgo. Ese 'Indiana Jones' del patrimonio robado las depositó a principios de 2019 en la sede de la Embajada de España en Londres, donde fueron recibidas por miembros del Grupo de Patrimonio de la Guardia Civil y por la entonces directora del Museo de Burgos, Marta Negro. Luego llegarían a Burgos.

Propiedad. El juzgado de primera instancia 6 y después la Audiencia Provincial decretaron en 2018 y 2019 que la ermita de Quintanilla de las Viñas «es propiedad de la parroquia por haberla adquirido mediante posesión inmemorial (usucapión extraordinaria)» y también de sus tesoros, incluidos los sillares visigóticos. Para los magistrados resultó «obvio» que el edificio, que data de finales del siglo VII, «nació para ser dedicado al culto y tuvo que ser poseído por la Iglesia» en sus orígenes. Pero cabía la posibilidad de que hubiera cambiado de manos a lo largo de los siglos, concretamente con la desamortización de Mendizábal en 1836. La Junta y el Estado, que se atribuían la titularidad, estimaban que a partir de 1850 la Iglesia abandonó el templo y una vez redescubierto en 1927 por investigadores, el Estado pasó a poseerla. Pero la Audiencia provincial rechazó este argumento. Es verdad que en 1929 la ermita fue declarada monumento nacional y en 1932 el Estado llevó a cabo obras.

Pero que lo hiciera, según el fallo, no quiere decir que fuera propietario, puesto que la Ley de Patrimonio Histórico regula la posibilidad de que la Administración realice de forma directa trabajos necesarios para la conservación de los bienes, igual que ocurre con la Catedral, de cuya titularidad nadie duda.