Admiten el cobro irregular del IPC a párkings en concesión

C.M. / Burgos
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Da la razón al recurso de los de plaza Vega y San Julián por la tasa del subsuelo de 2024. Pedirán la devolución de años anteriores y se abre la vía a que dueños de 5.000 plazas hagan lo mismo

Imagen de la entrada del estacionamiento de San Julián. - Foto: Valdivielso

Los aparcamientos subterráneos en régimen de concesión se pusieron de moda en los años 90 y prácticamente en todas los barrios de la ciudad se construyó uno o incluso varios como en Gamonal o la zona sur. Las empresas constructoras vieron en su edificación y posterior gestión una gran oportunidad de negocio pero llegó la crisis y muchos acabaron en manos de las entidades bancarias por no poder hacer frente a los créditos, lo que ha traído y trae muchas complicaciones para las comunidades de cesionarios pero ese tema daría para escribir un libro. 

Ahora se abre una nueva grieta que podría hacer que el Ayuntamiento tenga que devolver a todos ellos el incremento del IPC anual que les ha venido aplicado de manera irregular en el recibo de la tasa por ocupación del subsuelo. A pesar de que la titularidad de estos párkings era y sigue siendo municipal, el área de Tributos giró durante años a las comunidades de los mismos el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). Sin embargo, a raíz de una sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1, que dio la razón a la empresa concesionaria del aparcamiento de la plaza España, tras recurrir su cobro, se sentó un precedente y el Ayuntamiento dejó de pasar este tributo a todos los subterráneos en concesión.

A partir de ese momento se les giró la tasa por ocupación del subsuelo, a la que cada año se ha aplicado la subida del IPC. Todo correcto hasta que el administrador de la comunidad de cesionarios de dos aparcamientos, el de plaza de Vega y San Julián, decidió comprobar el contenido de la ordenanza 214, que regula la citada tasa y vio que en ningún apartado se recoge que el importe de este tributo deba actualizarse anualmente conforme al IPC. Únicamente en su artículo 5.3 se hace referencia a que cada año de concesión administrativa se debe abonar el 0,036 del precio señalado por cada metro cuadrado en la ponencia de valores catastrales en relación con el valor dado a la zona bajo la que está situado.

Por ello, presentó un recurso de reposición por la liquidación de la tasa girada en 2024 y el órgano de Gestión Tributaria y Tesorería lo ha estimado tras constatar que tanto en el contrato como en el pliego de condiciones de concesión «no se dispone de la existencia de actualizaciones conforme al IPC para los usuarios de plazas de residentes de ese aparcamiento», se indica en los escritos de resolución. 

De este modo, se les devuelve los 364,18 y 298,22 euros que supuso la aplicación del 3,1% del IPC de 2023 en el párking de la plaza Vega y San Julián, respectivamente. Los recibos girados lo fueron por 12.111 y 9.918 euros. El administrador de la comunidad ni tan siquiera han tenido que recurrir al Tribunal Económico Administrativo (TEAM), dado que la propia administración local ha constatado que la aplicación de la subida no se sustentaba en ninguna norma.

Años anteriores. Una vez que la administración local ha reconocido su error, el administrador de la comunidad de ambos aparcamientos pedirá que se amplíe la devolución a los cuatro últimos años, los que no han prescrito, pero su batalla no se quedará ahí sino que pedirá que se gire la tasa en base a la ponencia catastral de 2010, tal y como establece la ordenanza. De este modo, por ejemplo en el aparcamiento de San Julián la tasa que se pagó en 2011 en referencia al valor catastral de 2010 fue de 7.755,75 euros frente a los 9.918,18 de 2024, lo que da idea del incremento que se ha ido produciendo en la tasa.

La cuestión no es baladí dado que abriría la puerta a que los otros 14 aparcamientos (hay 16 con un total de 5.090 plazas en concesión para residentes) puedan reclamar también esa devolución, de modo que el importe que tendrían que abonar las arcas municipales sería muy elevado.