Serio es, en efecto, el conflicto que se ha suscitado con ocasión de la publicación del libro relacionado con aquel padre que cometió el horrible crimen de hacer desaparecer a sus dos hijos. Aquel hecho, una vez comprobada la autoría, causó un hondo impacto social, y no es de extrañar que, a menor escala, también lo esté causando este debate sobre si el libro debe publicarse o no. Como está siendo bien notorio, se han expresado posiciones absolutamente contrapuestas, favorables o contrarias a la publicación, a menudo apasionadas, y todas ellas disponen de argumentos más o menos sólidos.
A mi juicio, hay una circunstancia muy condicionante del debate. Desde el momento en que se planteó judicialmente la controversia, con petición del fiscal y de la madre de los niños asesinados de que se prohibiera la difusión del libro, la perspectiva jurídica del asunto exigía adoptar una decisión preliminar. Y el juez la tomó permitiendo preventivamente tal difusión, aún alegando el muy limitado conocimiento que disponía del contenido de la publicación en ese momento cautelar.
Pero la cuestión no es exclusivamente jurídica. Si lo fuera, tal vez el criterio estaría más claro, dando primacía a una libertad, reconocida constitucionalmente, como lo es la libertad de expresión, en sucesivas manifestaciones de libertad de creación literaria, de edición y difusión del resultado de la creación, etc., sin que hubiera podido alegarse el horror de su contenido, pues bastaría invocar la posibilidad de no adquirir ni leer el libro.
Lo que pasa es que, más allá, o más acá, de la controversia jurídica, hay otra perspectiva que no puede dejar de considerarse. Es la de la víctima, la madre en este caso, a la que se puede causar un dolor no cuantificable por el mero hecho de reproducir el suceso, aunque sea en forma literaria. Téngase en cuenta que en la publicación aparecen testimonios del padre, autor de la muerte de sus hijos, que sin duda no tendrán una finalidad justificativa en la intención del autor, pero sí hacen revivir la tragedia a quienes más especialmente la sufrieron. Y no ha pasado aún tiempo suficiente como para pensar que solo se trata de una descripción de un acontecimiento lejano.
Admitiendo, pues, el amplio margen que se debe reconocer a la libertad de expresión y creación, también debe admitirse que, en ciertos supuestos, debe igualmente reconocerse la seriedad de algún límite, aunque sea excepcionalmente o por tiempo determinado. Y el comentado puede ser uno de esos casos.