Los cotillones de Nochevieja se están pasando de moda, al menos los que se organizan fuera de los habituales bares de copas o discotecas. El Ayuntamiento de Burgos ha recibido únicamente dos solicitudes de autorización en este sentido, la del hotel Corona de Castilla y la sala Rococó en el barrio de Cortes (antigua Montecarlo). En los mejores años llegó a haber hasta 8 peticiones.
Los servicios técnicos municipales analizarán la documentación presentada por los peticionarios para comprobar si cumplen la normativa exigida y otorgarán o no la autorización. En el caso del hotel ya ha organizado cotillón durante los últimos años y ha decidido repetir, mientras que en el caso de la sala de Cortes se le ha pedido más documentación debido a que va a instalar una carpa.
El área de Servicios exige que presenten un proyecto técnico que recoja la idoneidad de las instalaciones para la celebración del evento y un plan de emergencia, seguridad, vigilancia, así como un seguro de responsabilidad civil.
Los solicitantes deberán respetar el aforo que se determine en un certificado firmado por un técnico competente. En los casos en los que no se supere el aforo de 300 personas no será necesaria la existencia de seguridad, pero sí para aquellos aforos comprendidos entre los 300 y los 450. De 300 a 450 se requieren 2 vigilantes, mientras de 451 a 750 se exigen 3 y de 751 hasta 1.000, 4 vigilantes.
Las puertas de evacuación o de emergencia deberán estar bien señalizadas y con posibilidad de apertura inmediata desde su interior. Está totalmente prohibida la entrada a menores de 16 años y en aquellas actividades que requieran barra libre o número indeterminado de consumiciones con la adquisición del tique quedará prohibida la entrada a menores de 18 años y en caso de duda se solicitará el DNI.
Precisamente todos estos requisitos son los que retraen las solicitudes, que han ido cayendo desde hace años. Por el contrario, las discotecas, salas de fiestas, pub, bares especiales y bares con licencia en vigor que ampare estas celebraciones no necesitan la obtención de permiso, siempre que no se modifiquen las condiciones impuestas en la licencia municipal de apertura (superficie, aforo, medidas contra incendios...).
Si se vieran modificadas las condiciones habituales tendrían que regirse por los mismos criterios que en el primer caso.