El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Burgos ha desestimado sustancialmente el recurso contencioso presentado por el Grupo Socialista en la diputación de Burgos contra un acuerdo de Pleno de la Corporación Provincial en el que se determinaba el mismo régimen económico que tenía los vicepresidente de la Corporación provincial para el presidente de la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos (Sodebur), es decir Ángel Guerra.
Los diputados socialistas reclamaban a Ángel Guerra la devolución de 84.000 euros que, a su juicio, había cobrado de forma «irregular». La sentencia confirma la legalidad de los dos pronunciamientos principales. Por una parte, determina a favor del diputado que tenía atribuida la presidencia del Consejo de Administración de Sodebur «el mismo régimen económico que el de los vicepresidentes según se estableció en el acuerdo plenario de 8 de mayo de 2008».
En segundo lugar, la Sala de lo Contencioso Administrativo reconoce la eficacia retroactiva a los efectos de ese acuerdo (el mismo régimen económico, de indemnizaciones por asistencias, reconocido a los vicepresidentes), retrotrayéndoles a la fecha de 8 de mayo de 2008 a favor del diputado provincial Ángel Guerra García al darse todos los requisitos del art. 57.3 de la Ley 30/1992.
Los diputados socialistas pretendían que Ángel Guerra devolviera lo cobrado, extremo que se desestima en la sentencia. En cuanto a las pretensiones del Grupo Socialista, el Juzgado se limita a estimar parcialmente el recurso al ordenar a la Diputación que determine, respecto del período, inferior a un mes, del 8 de mayo a 5 de junio de 2008, si la dedicación del diputado Ángel Guerra a la constitución de la Sociedad para el Desarrollo de la Provincia de Burgos «fue equivalente, o inferior, a la correspondiente a un vicepresidente». En el supuesto que esa dedicación fuese inferior tendría que devolver la diferencia; y si fuese equivalente no habría lugar a reintegro alguno. Lo que no se señala en la sentencia es si Ángel Guerra tendría derecho a reclamar alguna cantidad si la dedicación a la creación de la sociedad que preside fuera superior a la de un vicepresidente.
Literalmente, la sentencia ordena a la Diputación Provincial que dicte «los actos oportunos para recabar, en el caso de que existan, las cantidades recibidas por Ángel Guerra en concepto de indemnización por la constitución de Sodebur que excedan, en tiempo o cantidad, de las que le correspondan por el trabajo realizado desde el 8 de mayo de 2008 cuantificadas conforme con ese acuerdo y hasta la fecha de constitución de la misma, que fue la del 5 de junio del año 2008».
Satistacción
Ángel Guerra, al conocer la sentencia, se mostró «plenamente satisfecho porque todo eso que se quería airear ha quedado en nada» y reiteró una vez que se trata de «una persecución política» de los socialista hacia su persona, recordando que también hace años desde las filas socialistas en la diputación suscitaron la polémica por el supuesto cobro de unas dietas y kilometrajes. «Al final, los tribunales de Justicia ponen a cada uno en su sitio», afirma con rotundidad el presidente de Sodebur.
Además, Guerra manifiesta -una vez más- que su dedicación para constituir la sociedad Sodebur «fue intensa y el tiempo que dediqué a ello fue equivalente o incluso superior al de un vicepresidente de la Diputación» y espera que con esta sentencia, «que demuestra que todo lo que se hizo fue legal y que se cobró lo que se tenía que cobrar», termine la «persecución» de los socialistas hacia su persona.