Pompeyo González, el jubilado afincado en Miranda que a finales de 2022 envió seis paquetes explosivos a instituciones como la Presidencia delGobierno o el Ministerio de Defensa, no se conforma con la reducción de su condena por terrorismo. La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional decidió estimar de forma parcial el recurso que presentó tras la primera sentencia, de tal forma que su pena se rebajó de 18 años a 11 años y 9 meses.Sin embargo, fuentes judiciales explican a Diario de Burgos que el hombre ha presentado otro recurso, esta vez ante el Tribunal Supremo.
Después de la resolución inicial, Pompeyo González siguió en libertad y en la actualidad todavía no ha entrado en prisión. De hecho, las mismas fuentes judiciales apuntan que la Fiscalía no ha solicitado su ingreso en un centro penitenciario. Durante las fechas inmediatamente posteriores a su primera condena, los propios vecinos de la calle Clavel, en la que vive el condenado por terrorismo, le vieron salir del portal y continuar con su rutina con cierta normalidad. Y ahora ocurre algo similar, dado que este periódico ha tenido constancia de que el jubilado que envió aquellos artefactos explosivos continuaba por Miranda, al menos hasta hace pocas semanas, y ha estado acudiendo a primera hora de la mañana a desayunar en una cafetería cercana al barrio de La Charca o paseando por la tarde en otras zonas más céntricas.
Para la Audiencia Nacional, tras revisar el primer recurso que presentó el anciano, aunque sí estaba demostrado que había sido el responsable de preparar y enviar los artefactos explosivos, la pena debía reducirse porque su potencial dañino era bajo.Además, consideraba que era un «terrorista aislado, que difícilmente podrá generar seguidores o difundirse entre sectores de la población» y que tampoco pertenecía o guardaba relación con ninguna banda organizada.
Lo cierto es que, como figura en la sentencia emitida por la Sala de Apelación de la Audiencia Nacional, tan solo el paquete que envió a la Embajada de Ucrania enEspaña llegó a explotar «causando al empleado de seguridad una lesión en la mano, que tardó en curar 30 días y requirió una primera asistencia facultativa». Pese a ello, en la resolución también se incide en que el jubilado residente en la ciudad delEbro mantuvo un comportamiento delictivo reiterado en el tiempo, lo cual le supuso «una larga preparación» y, en caso de que hubiese cesado antes con este tipo de acciones, su condena podría haberse reducido en mayor medida.
La defensa del condenado por terrorismo y fabricación de explosivos opinaba, según consta en la última resolución de la Audiencia Nacional, que no había quedado probado que este sujeto hubiera preparado los paquetes incendiarios. En concreto, el abogado de PompeyoGonzález sostenía que en el listado de objetos que había comprado antes de los hechos «no aparecen todos los necesarios para confeccionar los artefactos» y durante la entrada de la Policía Nacional a su apartamento tampoco se encontraron elementos como «pólvora, muelles, ni pistones».
Sin embargo, los magistrados de la Sala de Apelación confirmaron que la ausencia de esos objetos en su domicilio podía deberse a que el jubilado los hubiera eliminado antes de que los agentes entraran a realizar el registro.Y es que, como recuerda la sentencia, Pompeyo González fue descubierto por la Policía Nacional, en el momento en que comenzó a vigilarle, «en pleno proceso para deshacerse de todo aquello que le podría incriminar». Además, aunque la defensa del jubilado residente en Miranda aseguraba que el envío de los seis paquetes explosivos no había alterado «el normal funcionamiento de las instituciones», la Audiencia Nacional consideraba que sí había generado «miedo» en determinados segmentos de la población y que el objetivo del varón no era otro que incidir en el«clima de convivencia» para que se redujera el apoyo a Ucrania.