La Comisión de Docencia de la Universidad de Burgos elevará al próximo Consejo de Gobierno la modificación del reglamento de evaluación de los alumnos, que data de 2010 pero que sufrió también cambios en 2019. Lo hará en un punto concreto, el que afecta a la autoría y realización de los exámenes o pruebas y al cumplimiento de las reglas básicas sobre la autenticidad de los mismos. De esta forma y con entrada en vigor para el próximo curso, los profesores que detecten que un estudiante copia o plagia solo podrán suspenderle en la prueba que está ejecutando en ese momento, pero no extender la medida a todo el año académico.
Hasta el momento, la realización fraudulenta de alguno de los ejercicios para evaluar una asignatura llevaba consigo una «calificación de cero» en la convocatoria correspondiente, sin perjuicio de la posible apertura de un expediente disciplinario. Además, la norma recogía que, en caso de que esta práctica tuviera lugar en la primera de las dos que existen en el curso, se podía extender esa nota a la segunda. El cambio que han acordado los miembros de este órgano contempla que esta última decisión solamente se podrá adoptar si se produce como consecuencia de un expediente. Es decir, que no se podrán aplicar sanciones más allá de las pruebas que está siendo objeto de valoración académica.
El cambio afecta a la totalidad de los supuestos contemplados en el reglamento de evaluación que regula la autoría y la realización de los trabajos, así como la obligación de los estudiantes a cumplir con las normas básicas de autenticidad de cualquier prueba, tanto presencial como online. En este sentido, se prohibe el uso de materiales distintos a los distribuidos por los docentes o autorizados por este de manera expresa, donde figuran los tecnológicos o los dispositivos de telecomunicación, situaciones que conllevan la expulsión inmediata del examen. Además y en caso de detectarse ejercicios o trabajos fraudulentos, como es el hecho de presentar como propia la obra de una persona o copiar textos sin citar su procedencia, la penalización pasa por el inminente suspenso.
La modificación de esta normativa es consecuencia, precisamente, de la entrada en vigor el pasado mes de junio del nuevo reglamento de régimen disciplinario del alumnado, que recoge de forma expresa la «pérdida del derecho a la convocatoria ordinaria en el semestre del curso en el que se comete la falta y respecto de la asignatura en la que se hubiera cometido», excluyéndose de esta forma la capacidad que tradicionalmente ha tenido el profesor de sancionar dos veces por la misma mala práctica.
(Más información, en la edición impresa de este domingo de Diario de Burgos)