Dicen los magistrados de la Audiencia Provincial en una reciente sentencia que las entidades locales menores, pueblos, pedanías... -como quiera llamarlas- de Burgos tienen en su mayoría «menos vecinos que muchas comunidades de propietarios de bloques de viviendas de cualquier capital». En Burgos se cuentan 642 pedanías que conservan su organización propia de gobierno, la junta vecinal con su presidente y vocales, mientras unas 300 poblaciones ya no tienen ni alcalde pedáneo y se han convertido en barrios de los ayuntamientos. El asunto tiene miga porque las juntas vecinales de pueblos casi deshabitados tienen que cuadrar cuentas como si fuesen un ministerio y presentar un presupuesto con una cantidad ingente de documentación cada año. Así obliga la ley. Una ley pensada para pueblos imaginarios, con ingresos, con personal, con medios que no existen.
Se atreven los magistrados a afirmar que «salta a la vista la insuficiente regulación» existente en la ley «cuando se dedican escasamente dos preceptos a regular la infraestructura administrativa de las entidades locales menores». Y añaden que «resulta aún más llamativo lo alejado que está esta regulación de una realidad con entidades locales de 19 habitantes, cuando la ley establece que en las entidades locales menores de 5.000 habitantes el puesto de secretario podrá ser ejercido por un funcionario preferiblemente del subgrupo A1 o con titulación universitaria». Eso es un sueño, pero es lo que necesitarían algunas pedanías cuando aparece un vocal en la oposición que pide, pide y pide documentos sin cesar. Dicen desde la Audiencia que «la normativa local está completamente desconectada de la realidad de la provincia». Más cierto, imposible. Está a años luz y redactada desde un despacho de Madrid del que un funcionario no ha salido nunca. Vivir en un pueblo es una heroicidad, pero ser su alcalde pedáneo, una odisea.