Mar Jimeno

Tribuna Universitaria

Mar Jimeno


¿‘Sorpasso’ en la universidad española?

06/11/2024

Escribo estas líneas inmersa en el horror de los efectos causados en el Levante y otros puntos de la geografía española por la reciente DANA. A mayor abundamiento, soy consciente de que cuando este texto vea la luz será también otra la noticia estelar: la celebración de las elecciones americanas y el fin del último episodio de la serie Trump vs. Harris. Este último contexto me sirve para abordar el tema que hoy me ocupa, pues no en vano quiero abordar otra suerte de 'duelo', ya manido de antaño, pero que creo debería ser objeto de creciente preocupación: la disputa universidad pública/ universidad pública.

En efecto, leía hace días en un diario de tirada nacional cómo la universidad privada arrolla a la pública, expresión sumamente gráfica para describir el vertiginoso aumento en nuestro país de creación de universidades privadas frente a las públicas. Si bien en España, a diferencia de otros modelos universitarios, hasta ahora la línea clásica ha sido la predominancia de las universidades públicas frente a las privadas, parece que con el tiempo la tendencia es a la inversa. De este modo, según los datos de la última Estadística de Universidades, Centros y Titulaciones (EUCT), actualmente existen en España 91 universidades, de las cuales 50 son públicas y 41 privadas. Todo ello teniendo en cuenta que el último campus público se construyó en 1998, cuando todavía eran sólo 16 las universidades privadas existentes. También hay que decir que esta doble naturaleza universitaria está en sintonía con su modalidad, por cuanto de las 50 universidades públicas, 47 son de carácter presencial.

Si bien el crecimiento de dicha oferta universitaria puede valorarse per se como algo positivo, tampoco es menos cierto que los requisitos de calidad y condiciones de creación debieran ser los mismos para todas ellas. De este modo y a partir de ciertas informaciones parece que este no ha sido siempre el caso para la acreditación institucional seguido por unas y otras. El valor otorgado al preceptivo informe de la correspondiente agencia evaluadora, y el cual debiera resultar 'vinculante' conforme a la normativa universitaria aplicable, ha sido desoído en ocasiones por algunas comunidades autónomas. 

Ítem más; dicha normativa universitaria de carácter estatal y aplicable tanto a universidades públicas como privadas establece que para el reconocimiento de universidades es necesario el cumplimiento de los requisitos establecidos en relación con su actividad docente, su actividad investigadora y de transferencia de conocimiento. En consecuencia, resulta exigible, no sólo el desarrollo de actividad docente, donde parece que hoy por hoy va ganando terreno el modelo de universidad privada, siquiera por lo que atañe a la oferta de títulos de postgrado (máster, no así doctorado), sino también el desarrollo de investigación y, en su caso, de transferencia de conocimientos; es así especialmente la segunda, en suma, sello distintivo de la universidad como alma máter. Y aquí creo todavía que la universidad pública tiene mucho que enseñar a la privada, sin que ello implique a la primera desoír la llamada de atención del posible sorpasso. 

Por ello, defendamos aún y siempre la universidad pública, si hiciera falta, al menos en sentido figurado, per saguinem et ignem como ya predijo Estacio en la Aquileida.